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Documento BOE-B-2017-22643

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 10 de abril de 2017, páginas 26813 a 26813 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-22643

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 10/2017, seguido a instancias de la Procuradora doña María del Carmen Marrero García, en nombre y representación de ALUMINIOS FUERTEVENTURA S.L., se ha dictado Auto el día 9 de marzo de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de ALUMINIOS FUERTEVENTURA S.L. con CIF nº B35351915, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administradora del concurso a doña María Olga Caballero Martel, abogada, la cual ha designado como domicilio postal en la calle Churruca, n.º 3, CP 35660, Corralejo, La Oliva, Fuerteventura, Las Palmas, teléfono 928537200, fax 928537201 y dirección electrónica olga@olgacaballero.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 24 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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