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Documento BOE-B-2017-24177

CLUB DEPORTIVO DE CAZADORES EL GURUGÚ

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 18 de abril de 2017, páginas 28712 a 28712 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2017-24177

TEXTO

A tenor de lo establecido en el artículo 21.4 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza, de Castilla y León y artículo 18 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el título IV "De los Terrenos" de la Ley anterior y artículo 44 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace saber a aquellos propietarios de las parcelas incluidas en los polígonos 502, 503 y 504 del término municipal de Arija, y los polígonos 701 y 702 de Valle de Valdebezana, Jurisdicción de San Vicente de Villamezán, cuya notificación ha resultado infructuosa o se desconoce su domicilio, que disponen de un plazo de 10 días para presentar las alegaciones que estimen oportunas en caso de oponerse a la inclusión de sus fincas en el coto referenciado. De no oponerse expresamente por escrito en el plazo señalado, se considerará que prestan su conformidad a la inclusión de las fincas de su propiedad a efectos de aprovechamiento cinegético en el coto de caza de Arija y San Vicente de Villamezán, por un período de 19 años, finalizando la cesión al término de la campaña cinegética 2035/2036.

Arija, 14 de febrero de 2017.- El Presidente del Club Deportivo de Cazadores El Gurugú.

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