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Documento BOE-B-2017-32092

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2017, páginas 38648 a 38648 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
AUDIENCIA NACIONAL
Referencia:
BOE-B-2017-32092

TEXTO

Doña María Rosa Luesia Blasco, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección primera,

Hace saber:

Que en esta Sección se siguen autos de procedimiento ordinario bajo el número 600/2011, en los que consta sentencia firme de fecha 30 de junio de 2015. Cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: " Fallamos.- Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de Balade, S.A., Blacher, S.A., don Joan Parals Fabregas, don Jaime Parals Fabregas, doña María Asunción Parals Fabregas, doña Aniceta Grassot Andreu, don Martí Figueres Pruneda, don Martín Font Blanch, don Miguel Pujadas Oller, don Pedro Riera Ramell y don Miquel Oller Colom, en cuya defensa ha intervenido la Abogada doña Laura Vene, contra la resolución de fecha 6 de noviembre de 2012, dictada por el Secretario General Técnico, por delegación del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Orden Ministerial de 1 de febrero de 2011, por la que se aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos 4.447 metros de longitud, en el rio Daró-Basses d´en Coll, en los términos municipales de Pals y Torroella de Montgrí (Girona), así como contra la desestimación presunta de los restantes recursos de reposición interpuestos por los recurrentes contra dicha Orden Ministerial, que se anulan por ser contrarios a Derecho. No se hace imposición de las costas causadas.

La presente sentencia es susceptible de recurso de casación, cuya preparación debe hacerse ante esta Sala en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de su notificación."

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que se proceda a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", expido el presente.

Madrid, 22 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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