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Documento BOE-B-2017-42151

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 5 de julio de 2017, páginas 50844 a 50844 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-42151

TEXTO

Edicto

Doña María Asunción González Elías, letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 660/2016, NIG: 26089 42 1 2016 0005507 relativo a la mercantil Estampaciones Josan, S.A., con domicilio social en la calle Majuelo, parcela 24, del Polígono Industrial Cantabria, de Logroño ( La Rioja), y CIF A/ 26007914, por sentencia de fecha 2 de junio de 2017, se acuerda:

1. Aprobar el Convenio presentado por la procuradora Sra. Zueco en nombre y representación de Estampaciones Josan, S.A.

2. Concluir la fase de convenio.

3. Abrir la sección de calificación del presente concurso. Dentro de los cinco días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en ala Ley Concursal, se va a otorgar a la sentencia que aprueba el convenio, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

4. Declarar que cesan todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio, sin perjuicio de los deberes de los deudores de comparecer ante este Juzgado tantas veces sean requeridos, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.

5. Declarar cesada a la administración concursal, salvo su intervención en la Sección 6.ª, debiendo proceder a rendir cuentas en el término de un tres meses desde la notificación de esta sentencia, y en lo relativo al abono de los créditos contra la masa en la forma establecida en esta resolución.

6. Ordenar a la concursa que informe semestralmente a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

7. Publicar esta Sentencia en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público concursal, en la forma que dispone el art. 23 de la Ley Concursal.

Logroño, 2 de junio de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

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