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Documento BOE-B-2017-56992

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 3 de octubre de 2017, páginas 70277 a 70277 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-56992

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 458/2017, con NIG 2906742C20170024329, por auto de fecha 20 de julio de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor R&H FOODS AND DRINKS, S.L., con CIF B93328789, con domicilio social en Urbanización Costa Nagüeles, Fase II, Bloque II, 4º F, 29602 Marbella (Málaga), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Marbella (Málaga).

2º.- Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal al haberse acordado asimismo en la referida resolución la apertura de la fase de liquidación.

3º.- Que la administración concursal la integra D. Agustín del Castillo García, provisto de DNI 33381073T; español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil casado, domicilio y dirección postal C/ Cañon, nº 13, 4ª planta, Málaga, C.P. 29015 vecino de Málaga, teléfono: 952331581; Profesión: abogado y con dirección de correo electrónico administracionconcursal@concursorhfoodsanddrinks.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

7º.- En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Málaga, 31 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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