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Documento BOE-B-2017-5806

COLLADO VILLALBA

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2017, páginas 6972 a 6972 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-5806

TEXTO

EDICTO

Hace saber:

1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 203/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.047.00.2-2016/0000918, por auto de fecha 24/10/16, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a D./Dña. FRANCISCO GONZALEZ LOPEZ, con nº de identificación 34261729D, y domiciliado en (Madrid)

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es JOSE MANUEL DAVILA CERRATO, con domicilio postal en C/ Antonio Toledano, n.º 24, entreplanta B, Madrid, y dirección electrónica jmdavila@icam.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

El/La Letrado de la Administración de Justicia

Nota: Siendo aplicable la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en los artículos 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.

Collado Villalba, 11 de enero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

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