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Documento BOE-B-2017-5813

SABADELL

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2017, páginas 6979 a 6981 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-5813

TEXTO

Cristina Crespo López, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de

Primera Instancia n.º 5 de Sabadell.

Hago Saber:

Que en este Órgano judicial se tramita el siguiente juicio:

Juicio Procedimiento ordinario 2063/2014.

Parte Demandante María Isabel Navarro Gómez, José Juval Marques.

Parte Demandada Sabina Santacreu Font, Herencia Yacente de Sabina.

Santacreu Font, Ignorados Herederos de Sabina Santacreu Font.

Sobre Juicio ordinario otros supuestos En el que se ha dictado la sentencia y auto de rectificación de cuyo texto literal es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por Don José Juval Marqués y Doña María Isabel Navarro Gómez (sucesora del fallecido Don Jaime Juval Marqués), representados por el Procurador de los Tribunales Don Francisco Toll Muesteros, contra Doña Sabina Santacreu Font, la herencia yacente e ignorados herederos de doña Sabina Santacreu Font, en situación legal de rebeldía procesal atendida su incomparecencia en los presentes autos, Declaro que Don José Juval Marqués y Doña María Isabel Navarro Gómez son copropietarios, por mitades indivisas, de la finca sita en el término municipal de Sabadell, calle Sant Doménech números 11-13 y calle Fontanet número 1, Finca Registral número 51.876 del Registro de la Propiedad número 4 de Sabadell, al Tomo 2.921, Libro 910, Folio 153, por haberla usucapido al haberla poseído durante más de treinta años ininterrumpidamente de forma pública, pacífica y a título de dueños, usucapión que se ha consumado frente a los codemandados y titulares registrales de la finca Doña Sabina Santacreu Font, la herencia yacente e ignorados e ignorados herederos de doña Sabina Santacreu Font y con efecto erga omnes. En consecuencia, condeno a los codemandados Doña Sabina Santacreu Font, la herencia yacente e ignorados herederos de doña Sabina Santacreu Font a estar y pasar por esta declaración, y acuerdo la práctica de la inscripción del derecho de dominio de los codemandantes sobre la finca litigiosa, esto es, sobre la Finca Registral número 51.876, inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Sabadell, al Tomo 2.921, Libro 910, Folio 153. A tales efectos, una vez firme la presente resolución, líbrese el oportuno mandamiento al Señor Registrador de la Propiedad número 4 de Sabadell a fin de proceder a efectuar las rectificaciones necesarias para la inscripción a favor de los actores de su derecho dominical sobre la precitada finca, acompañando testimonio de esta Sentencia.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer Recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar del siguiente al de la notificación de la misma, en base a lo establecido en los artículos 458 y siguientes de la LEC con las modificaciones introducidas por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de agilización procesal.Dedúzcase testimonio de esta resolución para su unión a los autos,quedando el original unido al libro de Sentencias de este Juzgado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 265 y 266 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así por esta Sentencia lo pronuncia, manda y firma Doña Rosa Begué Cuadrado, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Sabadell y de su partido.

Parte Dispositiva

Procede rectificar la Sentencia de fecha 12 de julio de 2016, por error material de la misma, en el sentido de que donde se indica que la finca registral número 51.876 se halla inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Sabadell ha de decir "en el Registro de la Propiedad número 1 de Sabadell", además de que el nombre correcto de la persona que figura como titular de dicha finca es "Doña Sibina Santacreu Font". En consecuencia, el Fallo de la referida resolución ha de quedar redactado dela forma siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por Don José Juval Marqués y Doña María Isabel Navarro Gómez (sucesora del fallecido Don Jaime Juval Marqués), representados por el Procurador de los Tribunales Don Francisco Toll Muesteros, contra Doña Sibina Santacreu Font, La Herencia Yacente e ignorados herederos de Doña Sibina Santacreu Font, en situación legal de rebeldía procesal atendida su incomparecencia en los presentes autos, Declaro que Don José Juval Marqués y Doña María Isabel Navarro Gómez son copropietarios, por mitades indivisas, de la finca sita en el término municipal de Sabadell, calle Sant Doménech número 11-13 y calle Fontanet número 1, Finca Registral número 51.876 del Registro de la Propiedad número 1 de Sabadell, al Tomo 2.921, Libro 910, Folio 153, por haberla usucapido al haberla poseído durante más de treinta años ininterrumpidamente de forma pública, pacífica y a título de dueños, usucapión que se ha consumado frente a los codemandados y titulares registrales de la finca Doña Sibina Santacreu Font, La Herencia yacente e ignorados herederos de Doña Sibina Santacreu Font y con efecto erga omnes. En consecuencia, condeno a los codemandados Doña Sibina Santacreu Font, La herencia yacente e ignorados herederos de Doña Sibina Santacreu Font a estar y pasar por esta declaración, y Acuerdo la práctica de la inscripción del derecho de dominio de los codemandantes sobre la finca litigiosa, esto es, sobre la Finca Registral número 51.876, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Sabadell, al Tomo 2.921, Libro 910, Folio 153. A tales efectos, una vez firme la presente resolución, líbrese el oportuno mandamiento al Señor Registrador de la Propiedad número 1 de Sabadell a fin de proceder a efectuar las rectificaciones necesarias para la inscripción a favor de losactores de su derecho dominical sobre la precitada finca, acompañando testimonio de esta Sentencia".

Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimientoque contra la misma no cabe recurso alguno.Así lo acuerda, manda y firma Doña Rosa Begué Cuadrado, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Sabadell y de su partido.

Diligencia - Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Y, conforme a los arts. 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), para que sirva de notificación y de a Sabina Santacreu Font, Herendia Yacente de Sabina Santacreu Font, Ignorados Herederos de Sabina Santacreu Font la parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto que será fijado en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial y publicado, a instancia de la parte demandante, en BOE La resolución que se notifica está a disposición de la parte en la Oficina judicial de este Órgano.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

En Sabadell, 12 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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