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Documento BOE-B-2017-5822

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2017, páginas 6990 a 6990 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-5822

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000337/2016, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. María Beatriz de Santiago Cuesta, en nombre y representación de D./Dña. Papelería Babón, S.L., se ha dictado Auto el día 18 de noviembre de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Papelería Babón, S.L. con CIF n.º B35080704, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y mediante edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: Dña. Candelaria Hernández Benítez como titulada mercantil, el cual ha designado como domicilio postal el de Paseo Cayetano de Lugo, n.º 14, local - edificio La Fuente, Torre 2, y código postal 35004, Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928-247206 y fax 928-291428, así como Dirección electrónica chernandez@ghtributos.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; La intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. D.ª Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de enero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

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