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Documento BOE-B-2017-5841

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2017, páginas 7009 a 7010 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2017-5841

TEXTO

D./D.ª M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Valladolid, por el presente, hago saber:

1º.- Que en sección I declaración concurso 0000003/2017 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 9 de noviembre de 2017 auto de declaración de concurso voluntario y su conclusion de Constructora Capellan y Compañia, S.L., con B47014568, cuyo centro de intereses principales lo tiene en plaza del Rosarillo, n.º 2, Valladolid 47003.

2º.- Se ha acordado los siguientes extremos:

1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el/la Procurador/a Sr/Sra Gutiérrez campo en nombre y representación de Constructora Capellán y Cía., S.L.

2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, a la deudora Constructora Capellán y Cía., S.L.

Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la LC, que regulan el procedimiento abreviado.

3.- Se declara la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa. Se acuerda la extinción de la persona jurídica, ordenando la cancelación de su inscripción en los registros públicos, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

4.- Anúnciese la declaración del concurso y su conclusión por insuficiencia de masa en el Boletín Oficial del Estado con la mayor urgencia y de forma gratuita y en el Registro Público Concursal.

El extracto de la declaración de concurso y su conclusión se publicará, con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el «Boletín Oficial del Estado», y contendrá únicamente los datos indispensables para la identificación del concursado, incluyendo su Número de Identificación Fiscal, el juzgado competente, el número de autos y el Número de Identificación General del procedimiento y la fecha del auto de declaración de concurso y su conclusión.

Los respectivos oficios se cursarán a través del Procurador de la concursada, ante la imposibilidad de hacerlo por el momento por vía telemática, con los Edictos correspondientes, debiendo acreditar ante este juzgado la solicitud de publicación en el plazo de cinco días.

5.- Inscríbase en el Registro Mercantil de Valladolid la declaración del concurso de la solicitante y su conclusión, así como la extinción de la misma conforme al art.178.3 LC.

Si el deudor tuviera bienes o derechos inscritos en registros públicos, se inscribirán en el folio correspondiente a cada uno de ellos la declaración de concurso, con indicación de su fecha, así como la conclusión del mismo.

Notifíquese el auto a las partes personadas.

Modo de impugnación:

1.- Contra la declaración de concurso y su conclusión cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo.

El recurso se interpondrá por medido de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde la última publicación del anuncio de declaración y conclusión del concurso. En él deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

2.-Para la interposición de dicho recurso deberá acreditarse la constitución del depósito contemplado en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, introducido por L.O 1/2009 de 3 de noviembre, en la cuenta de consignaciones del Juzgado.

Así lo acuerda manda y firma el Ilmo. Sr. D. Javier Escarda de la Justicia, Magistrado Juez titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid. Doy fe.

Valladolid, 17 de enero de 2017.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

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