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Documento BOE-B-2024-10014

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado: "Remodelación del enlace de la Autovía A-6 con la M-500 y reordenación de conexiones entre los pp.kk. 8,000 y 9,000. Madrid" de clave 33-M-14880.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 20 de marzo de 2024, páginas 14760 a 14761 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2024-10014

TEXTO

Con fecha de 12 de marzo de 2024, el Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible P.D. el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible (Orden TMA/1007/2021, modificada por Orden TMA/355/2023; DF 2ª, DT única y art. 7.2 del RD 829/2023), ha resuelto lo siguiente:

1) APROBAR el Expediente de Información Pública y, definitivamente, el proyecto de trazado "Remodelación del enlace de la Autovía A-6 con la M-500 y reordenación de conexiones entre los pp.kk. 8,000 y 9,000. Madrid" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA incluido) de 3.584.591,87 € con las prescripciones que se indican en el punto siguiente.

2) ORDENAR a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid:

a) Que dicho proyecto de construcción dé cumplimiento a las siguientes prescripciones que son el resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública:

i) De acuerdo con lo indicado en el informe con 'Número de registro: 2023/0317756' emitido por el Ayuntamiento de Madrid, será necesario ajustarse a los trámites legales establecidos por las leyes sectoriales y del suelo para las oportunas adaptaciones del PGOU de Madrid y poder continuar con la tramitación de la actuación que, en tal caso, se debe elevar al Consejo de Ministros. Todo ello sin perjuicio de los establecido en el Art. 16 de la Ley 37/2015, el Art. 33 del R.D. 1812/1994 y la Disposición adicional décima del RDL 7/2015 Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

ii) Si durante la redacción del proyecto de construcción se realiza algún cambio en la reposición de servicios afectados respecto a la solución inicialmente planteada a cada una de las compañías y organismos, se deberá solicitar nuevamente el correspondiente informe a estos, especialmente la reposición de servicios de la DGT y nuevas secciones transversales de colocación de servicios.

iii) Se actualizará tanto el Anejo de Expropiaciones como la relación de bienes y servicios afectados, especialmente al indicar los propietarios de cada una de las parcelas y tomando como referencia la Ley sobre Expropiación Forzosa.

3) Que se dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4) Que lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

La documentación está disponible para su consulta en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica).

Madrid, 15 de marzo de 2024.- La Jefa de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, Gloria Ramos Palop.

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