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Documento BOE-B-2024-1324

SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2024, páginas 2043 a 2043 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
TRIBUNAL DE CUENTAS
Referencia:
BOE-B-2024-1324

TEXTO

Edicto

Actuaciones Previas nº 1096/2022 Ramo: SECTOR PÚBLICO LOCAL (Ayuntamiento de Montferri) Lugar: TARRAGONA

Habiéndose practicado en el día de hoy Liquidación Provisional en las Actuaciones Previas anotadas al margen, y resultando la existencia de un presunto alcance por un importe total de TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (33.930,04 euros), de los que 31.856,25 euros corresponden al principal y 2.073,79 euros a intereses legales, de conformidad con el artículo 47, apartado 1, letra f), de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, acuerdo requerir, de conformidad con lo señalado en la mencionada Liquidación Provisional a Dª. Gemma Guillemat Turdiu con DNI nº 77.787.956-R como presunta responsable, por un importe de 33.930,04 euros (31.856,25 euros corresponden al principal y 2.073,79 euros a intereses legales devengados) para que reintegre, deposite o afiance, en cualquiera de las formas legalmente admitidas, y en el plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de esta resolución, el importe provisional del alcance más los intereses, bajo apercibimiento, en caso de no atender este requerimiento, de proceder al embargo de sus bienes. El ingreso de la cantidad requerida puede realizarse en concepto de depósito, quedando a resultas de la resolución que en su día recaiga en el correspondiente proceso jurisdiccional contable, o en concepto de reintegro tendente a posibilitar el sobreseimiento y archivo del procedimiento, por lo que deberá hacerse constar el concepto en el que efectúa el ingreso el interesado, efectuándose el mismo en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales: ENTIDAD: Banco Santander IBAN: ES55 0049 3569 9200 0500 1274 CONCEPTO: número de procedimiento: 1573 0000 09 0030 22 El documento original que acredite el ingreso deberá remitirse a esta Unidad de Actuaciones Previas, debiendo reseñarse, para su identificación el n.º de actuaciones arriba referenciado. En el supuesto de que opte por el afianzamiento mediante aval bancario o por el ofrecimiento de bienes susceptibles de anotación preventiva de embargo, deberá remitir, igualmente, el original del mencionado aval o del título de propiedad del bien en cuestión a los efectos antes referidos. Lo que se comunica a los efectos oportunos. Madrid, a 6 de septiembre de 2023. La Delegada Instructora. - Laura Sánchez Rua.

Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este Edicto se incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiera condena expresa en los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 68, apartado 2, de la Ley 7/1988, de Funcionamiento de este Tribunal.

Lo que se hace público para que sirva de notificación a Dª. Gemma Guillemat Turdiu, habida cuenta de que no han sido posibles las notificaciones previas por lo que se notifica mediante el presente edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Tribunal de Cuentas.

Madrid, 11 de enero de 2024.- Secretario de las Actuaciones, Manuel García Ramallo.

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