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Documento BOE-B-2024-3157

Resolución de corrección de errores materiales de la Dirección General de Energía por la que se concede a Naturgy Renovables, S.L.U. autorización administrativa para el parque fotovoltaico Aldea Blanca I, de 0,7MW, en el termino municipal de San Bartolomé de Tirajana. Isla de Gran Canaria. Expediente ER170004.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 2024, páginas 4679 a 4680 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Canarias
Referencia:
BOE-B-2024-3157

TEXTO

Vista la solicitud de fecha 20/11/2023 de Naturgy Renovables Canarias, S.L.U. de corrección de errores materiales de la Resolución de autorización administrativa de la Dirección General de Energía N.º 1464/2023 de fecha 17/11/2023, referente a la instalación de producción de energía eléctrica denominada Parque Fotovoltaico Aldea Blanca I, de 0,7 MW, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, así como la documentación aportada, el técnico que suscribe INFORMA lo siguiente:

Naturgy Renovables Canarias, S.L.U. informa que se han encontrado dos errores en la referida Resolución:

• El proyecto FV Aldea Blanca I (ER170004) pertenece a la sociedad Naturgy Renovables Canarias,

S.L.U. (B38915948) no a Naturgy Renovables S.L.U. (B-84160423). Se adjunta el justificante de registro a la Dirección General de Energía, donde se justifica que el proyecto FV Aldea Blanca I pertenece a la sociedad Naturgy Renovables Canarias, S.L.U..

• El emplazamiento descrito es erróneo. Sería "polígono 10, parcela 1, subparcela b", figurando en la Resolución "polígono 1, parcela 10, subparcela b".

Así las cosas, en la Resolución de autorización administrativa de la Dirección General de Energía N.º 1464/2023 de fecha 17/11/2023:

• Donde dice Naturgy Renovables, S.L.U. debe decir Naturgy Renovables Canarias, S.L.U.

• Donde dice "polígono 1, parcela 10, subparcela b", debe decir "polígono 10, parcela 1, subparcela b"

De todo lo cual se informa a los efectos oportunos, En Las Palmas de Gran Canaria,

EL JEFE DE SECCIÓN DE HIDROCARBUROS

Rafael Ferrando Carrasco

Por todo lo anteriormente expuesto se eleva la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Rectificar la Resolución de autorización administrativa de la Dirección General de Energía N.º 1464/2023 de fecha 17/11/2023 en los términos descritos en los antecedentes.

En Las Palmas de Gran Canaria,

EL JEFE DE SERVICIO DE COMBUSTIBLES Y ENERGÍAS RENOVABLES

Víctor M. Almeida Martín

Vistos los antecedentes mencionados y en virtud de las competencias otorgadas por el Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias,

RESUELVO

Primero. Se estima la propuesta citada, la cual deberá cumplirse en los términos y plazos indicados.

Segundo. La presente Resolución se notificará a Naturgy Renovables Canarias, S.L.U., Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, Cabildo Insular de Gran Canaria, Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente, Dirección General de Infraestructura Viaria, Red Eléctrica de España y Edistribución Redes Digitales, S.L.U.

Tercero. La presente Resolución se publicará en la página web de la Dirección General de Energía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ilma. Sra. Viceconsejera de Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de noviembre de 2023.- Director General de Energía, Alberto Hernández Suárez.

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