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Documento BOE-B-2024-8948

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña sobre sometimiento a Información Pública de la aprobación provisional del Proyecto: "Aumento de la sección transversal en la carretera N-260 del p.k. 0+000 al 1+650. T.M. Portbou. Provincia de Girona" Clave: 33-GI-50065.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 14 de marzo de 2024, páginas 13262 a 13263 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-B-2024-8948

TEXTO

La Subdirectora General de Conservación y Gestión de Activos mediante Resolución de 21 de noviembre de 2023 por delegación del Director General de Carreteras (Orden TMA/1007/2021, modificada por Orden TMA/355/2023), ha aprobado provisionalmente el Proyecto: "Aumento de la sección transversal en la carretera N-260 del p.k. 0+000 al 1+650. T.M. Portbou. Provincia de Girona" de clave: 33-GI-50065, declarando la urgencia del proyecto, de conformidad con el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras en su nueva redacción dada por el Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de carreteras y ordena a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña la incoación del expediente de información pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras. La información pública lo será a efectos de la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación referidos a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y la reposición de servicios afectados.

En consecuencia, de acuerdo con lo ordenado por la Dirección General de Carreteras se somete el citado Proyecto a información pública durante un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias (BOE, BOP de Girona y uno de los diarios de mayor difusión de la provincia).

La documentación del Proyecto podrá ser consultada, en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/participacion-publica), en el Tablón de Anuncios de la Corporación Local afectada de Portbou, en la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña (C./ Marquesa, 12 de Barcelona) o en las oficinas de la Unidad de Carreteras en Girona (Gran Via de Jaume I, 47 de Girona) en días y horas de oficina.

Entre los documentos que se someten a examen, figura la copia íntegra de la Resolución de aprobación provisional del Proyecto.

Durante el expresado plazo y, en virtud de la legislación indicada, podrán presentar las alegaciones y observaciones que se estimen oportunas, bien sea utilizando el espacio de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana mediante el enlace: https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO /OFICINAS_SECTORIALES/CARRETERAS, bien por medio de escrito dirigido a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña o bien por cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 16.4 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las observaciones relacionadas con el artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, solamente se podrán tener en consideración si versan sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera.

La información pública a efectos de expropiaciones se hará en cumplimiento de cuanto establecen los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento.

Los interesados podrán aportar los oportunos datos y alegaciones para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. En este caso se indicarán los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que persiguen.

Relación de bienes y derechos afectados:

Nº REF.

REF. CATASTRAL

POL.

PARC.

TITULAR CATASTRAL

EXP.

(m²)

PLANO

1

17147A00100199

1

199

Generalitat de Catalunya

97,43

Anejo 25 – Plano 1 de 1

2

17147A00100023

1

23

Dirección General del Patrimonio del Estado

792,45

Anejo 25 – Plano 1 de 1

3

17147A00100032

1

32

Parramon Subirana, Jose [Herederos de]

28,88

Anejo 25 – Plano 1 de 1

4

17147A00100031

1

31

Quintana Ripoll, Maria

12,95

Anejo 25 – Plano 1 de 1

5

17147A00100030

1

30

Parramon Subirana, Enrique

19,17

Anejo 25 – Plano 1 de 1

6

17147A00100029

1

29

Parramon Iriarte, Virginia

38,58

Anejo 25 – Plano 1 de 1

7

3279334EG1937N

1

30

Rovira Puig, Pedro

72,26

Anejo 25 – Plano 1 de 1

(Nº REF: Número de referencia, REF. CATASTRAL: Referencia catastral, PO.: Polígono, PARC: Parcela, EXP: Expropiación)

Lo cual comunico para su general conocimiento.

Barcelona, 8 de marzo de 2024.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña, Vicente Vilanova Martínez-Falero.

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