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Documento BOE-J-2024-263413

ALMERÍA. Edicto de 6 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 183/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 113, de 9 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2024-263413

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 183/2024

NIG: 0401342120230022838

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de persona juridica. Acreedores y demas personas interesadas.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrado de la Administración de Justicia: D. David Pérez Martínez

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 anuncia:

1.º- Que en el procedimiento número 183/2024, NIG n.º 0401342120230022838, por auto nº 275/2024 de fecha dos de mayo de dos mil veinticuatro, se ha acordado la conclusión del concurso de JARDINES NEVADA SL, en LIQUIDACION , cif. B04524468 y domicilio en c/ Alhambra 178 de Santa María del Aguila (El Ejido-Almería).

La parte dispositiva del auto es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO la conclusión del concurso de JARDINES DE NEVADA S.L EN LIQUIDACIÓN, CIF B04524468 y, en consecuencia:

1.- Ordeno el cierre provisional de la hoja abierta a JARDINES DE NEVADA S.L EN LIQUIDACIÓN, CIF B04524468 en el Registro Mercantil en el que figura inscrita. Al ser firme la presente resolución, procédase por el Letrado de la Administración de Justicia a expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente.

2.- Procédase a la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el BOE (articulo 482 TRLC)

3.- Notifíquese la presente resolución, al concursado y a las demás partes personadas haciéndoles saber que es firme y no cabe recurso alguno (articulo 481 TRLC)

4.- Procédase al archivo definitivo de las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo, María Teresa Zambrana Ruiz, Magistrada – Jueza del Juzgado de lo Mercantil número dos de Almería.

DILIGENCIA: Seguidamente se cumple lo ordenado, de lo que doy fe.

En ALMERIA, a tres de mayo de dos mil veinticuatro.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Almería, 6 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ

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