Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería
Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)
Localidad: Almería
Código Postal: 04005
Provincia: Almería
Teléfono: 660894612
Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 183/2024
NIG: 0401342120230022838
Auto
Fecha: 02/05/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de persona juridica. Acreedores y demas personas interesadas.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Letrado de la Administración de Justicia: D. David Pérez Martínez
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 anuncia:
1.º- Que en el procedimiento número 183/2024, NIG n.º 0401342120230022838, por auto nº 275/2024 de fecha dos de mayo de dos mil veinticuatro, se ha acordado la conclusión del concurso de JARDINES NEVADA SL, en LIQUIDACION , cif. B04524468 y domicilio en c/ Alhambra 178 de Santa María del Aguila (El Ejido-Almería).
La parte dispositiva del auto es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO la conclusión del concurso de JARDINES DE NEVADA S.L EN LIQUIDACIÓN, CIF B04524468 y, en consecuencia:
1.- Ordeno el cierre provisional de la hoja abierta a JARDINES DE NEVADA S.L EN LIQUIDACIÓN, CIF B04524468 en el Registro Mercantil en el que figura inscrita. Al ser firme la presente resolución, procédase por el Letrado de la Administración de Justicia a expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente.
2.- Procédase a la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el BOE (articulo 482 TRLC)
3.- Notifíquese la presente resolución, al concursado y a las demás partes personadas haciéndoles saber que es firme y no cabe recurso alguno (articulo 481 TRLC)
4.- Procédase al archivo definitivo de las actuaciones.
Así lo acuerdo, mando y firmo, María Teresa Zambrana Ruiz, Magistrada – Jueza del Juzgado de lo Mercantil número dos de Almería.
DILIGENCIA: Seguidamente se cumple lo ordenado, de lo que doy fe.
En ALMERIA, a tres de mayo de dos mil veinticuatro.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Almería, 6 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ
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