Contido non dispoñible en galego
Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1 4
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 177/2024
NIG: 3120147120230000835
Auto
Fecha: 29/04/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Emplazamiento. Plazo: 15 días desde publicación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
El juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal CONCURSO VOLUNTARIO número 0000177/2024, con NIG 3120147120230000835 referente al concursado CONAPIN SOCIEDAD COOPERATIVA con CIF F71086516, con domicilio en Orkoien –Navarra, con fecha de presentación de la solicitud el 08 de marzo del 2024 a las 09:37 horas y misma fecha de reparto se ha acordado la declaración del concurso de acreedores voluntario que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la Sección 4ª del Capítulo V del Libro Primero del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre, cuya parte dispositiva dice así:
PARTE DISPOSITIVA
1. SE DECLARA la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por la Procuradora Sra. Ortega en nombre y representación del deudor, persona jurídica CONAPIN SOCIEDAD COOPERATIVA, con C.I.F.: F71086516.
2. SE DECLARA el concurso de acreedores voluntario de CONAPIN SOCIEDAD COOPERATIVA, con C.I.F.: F71086516, que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección cuarta, en el capítulo V, del Libro I del TRLC.
3. El pasivo que resulta de la documentación aportada asciende a 1.126.820,44 €. euros.
4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 bis del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
5. Procédase a la anotación en el Registro Mercantil de Cooperativas de Navarra, en la inscripción nº 805, la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36 TRLC, y una vez firme se procederá a su inscripción.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social. (artículo 33TRLC)
7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación (Art. 546 TRLC).
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
Pamplona/Iruña, 6 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZALEZ ARCE
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