Visto el expediente de indulto de doña María de la O Prieto Medina, promovido por la Archicofradía Primaria de la Real e Ilustre Esclavitud de Nuestro Padre Jesús Nazareno «Cristo de Medinaceli» (Madrid), condenada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Madrid, en sentencia de 21 de mayo de 2013, como autora de un delito continuado de estafa en concurso con un delito continuado de falsedad documental, a las penas de dos años y dos meses de prisión, inhabilitación especial de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y diez meses de multa con una cuota diaria de diez euros; y una falta de hurto, a la pena de cuarenta y cinco días de multa con una cuota diaria de diez euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, y estimando que concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de abril de 2017,
Vengo en indultar a doña María de la O Prieto Medina nueve meses de la pena privativa de libertad impuesta, con efectos el día 14 de abril de 2017, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 8 de abril de 2017.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
RAFAEL CATALÁ POLO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid