En este Juzgado Mercantil n.º 5 de Madrid se siguen autos de solicitud de Jurisdicción Voluntaria General, n.º 254/2017, extravío de cheque, instada por la Procuradora D.ª M.ª del Mar Serrano Moreno, en nombre y representación de D.JUAN PABLO CAFFA, con NIF n.º 31.213.853-N, en cuyos autos se ha dictado Decreto de 28/06/2017, cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:
Acuerdo:
1.º Admitir a trámite la solicitud que se sustanciará por las reglas establecidas en los artículos 132 a 135 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015.
2.º El anuncio de la incoación del expediente en el "Boletín Oficial del Estado" y en un periódico de gran circulación en la provincia. Líbrense los despachos pertinentes y hágase entrega de los mismos a la Procuradora de la parte instante.
3.º Citar a quien pueda estar interesado en el expediente para el día 28 de julio de 2017, a las 11.30 horas
Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Letrada de la Admón. de Justicia
Y para que sirva de notificación y citación a posibles interesados, expido y firmo la presente en
Madrid, 28 de junio de 2017.- El/la Letrado/a de la Admón. de Justicia.
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