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Documento BORME-C-2017-10048

UBRIRENT 2005, S.L.U.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
GRUPO CROMSBER 2016, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 242, páginas 11578 a 11578 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-10048

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME") y disposiciones concordantes, se hace publico que, el día 18 de septiembre de 2017, el Socio único ejerciendo las facultades propias de la Junta General de la Sociedad Parcialmente Escindida "Ubrirent 2005, S.L.U." ha acordado la escisión parcial de parte de su patrimonio a favor de la Sociedad Beneficiaria "Grupo Cromsber 2016, S.L.", que adquirirá por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones que compenen las partes del patrimonio de la Sociedad Escindida que forman una unidad económica, susceptible de fucionamiento autónomo referida a la actividad de explotación hotelera, en los términos establecidos en el Proyecto de Escisión aprobado, en cumplimiento del artículo 30, en relación con los artículos 73 y 74 de la LME.

Como consecuencia de la escisión parcial, la sociedad escindida Ubrirent 2005, S.L.U., reducirá su capital social en la cuantía necesaria, modificando el artículo 6 de los Estatutos Sociales relativo a la cifra de capital social.

El acuerdo de escisión, fue aprobado conforme a proyecto de escisión, redactado, suscrito y aprobado por la Administración, junto con sus anexos, el 6 de septiembre de 2017 y en base a Balance de Escisión cerrado a fecha 31 de agosto de 2017.

Se hace constar que el acuerdo de escisión se ha adoptado con las prescripciones del artículo 42 de la LME por remisión del artículo 73.1 de la LME, que regula la escisión por acuerdo unánime de los socios, por lo que no es necesaria la publicación o depósito previo del proyecto de escisión parcial. No obstante, el proyecto de escisión y los demás documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la LME, se han puesto a disposición del socio y de los representantes de los trabajadores para su examen en el domicilio social de Ubrirent 2005, S.L.U., o se les entregará a su solicitud.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a socios y acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión de la sociedad Escindida, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la sociedad Escindida.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la mencionada escisión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Málaga, 11 de diciembre de 2017.- El Administrador Único de Ubrirent 2005, S.L.U., Don Roberto Alejandro Bernal Sánchez.

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