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Documento BORME-C-2017-1336

RAYAL INVERSIONES SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 55, páginas 1578 a 1578 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-1336

TEXTO

Anuncio de Transformación en Sociedad de Responsabilidad Limitada y Reducción de capital

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 1 de marzo de 2017, la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de RAYAL INVERSIONES SICAV, S.A., celebrada con carácter de universal, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

- Transformación de la Sociedad Anónima (SICAV) en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL), girando en lo sucesivo bajo la denominación de "RAYAL INVERSIONES, S.L.", aprobándose asimismo el correspondiente balance de transformación.

- Amortización de 1.424.405 acciones de cinco euros de valor nominal, en situación especial de autocartera, reduciendo el capital emitido, concretamente, 7.122.025 euros, para hacerlo coincidir con el capital en circulación actualmente suscrito y desembolsado, es decir, 6.151.040 euros.

- Reducción del capital en circulación suscrito y desembolsado, con la finalidad de restablecer el equilibrio patrimonial, disminuido como consecuencia de pérdidas y establecimiento de la nueva cifra de capital social como consecuencia de la transformación en S.L. El valor nominal de las acciones queda reducido de 5 a 4,60 euros, siendo el importe total de la reducción de 492.083,20 euros. El capital social de la SL pasará a ser de 5.658.956,80 euros.

- Aprobar los nuevos Estatutos Sociales, adecuados a su nueva forma social, que incluyen, entre otras, la modificación de la denominación social por la anteriormente indicada, la sustitución del objeto social, el traslado del domicilio social dentro del término municipal de Madrid, el nuevo capital social y la modificación de la estructura del Órgano de Administración.

Se hace constar expresamente que el acuerdo de transformación ha sido aprobado por el socio único de la Sociedad, que representa el 100 por 100 del capital social, por lo que no existe derecho de separación de los accionistas. Asimismo se deja constancia de que no existen titulares de derechos especiales distintos de las acciones.

Sin perjuicio de lo anterior, a efectos de lo dispuesto en el artículo 170 del Reglamento del Registro Mercantil, en concordancia con lo establecido en el artículo 334 de la LSC, los acreedores de la sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción de capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la reducción. El derecho de oposición habrá de ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.

Madrid, 1 de marzo de 2017.- El Administrador Único, Raimundo Abando Tartiere.

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