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Documento BORME-C-2017-1758

REPSOL, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 67, páginas 2125 a 2135 (11 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2017-1758

TEXTO

Convocatoria de la Junta General Ordinaria Por acuerdo del Consejo de Administración de Repsol, Sociedad Anónima, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria que se celebrará en el Palacio Municipal de Congresos, avenida de la Capital de España-Madrid, sin número, Campo de las Naciones, de Madrid, el día 18 de mayo de 2017, a las 12:00 horas, en primera convocatoria, y en el mismo lugar y hora, el día 19 de mayo de 2017, en segunda convocatoria. Se prevé la celebración de la Junta General en segunda convocatoria, es decir, el día 19 de mayo de 2017, en el lugar y hora antes señalados. De no ser así, se anunciaría en la prensa diaria con la antelación suficiente, así como en la página web de la Sociedad (www.repsol.com).

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de Repsol, Sociedad Anónima, de las Cuentas Anuales Consolidadas y del Informe de Gestión Consolidado, correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2016.

Segundo.- Examen y aprobación, si procede, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio 2016.

Tercero.- Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, Sociedad Anónima, correspondiente al ejercicio social 2016.

Cuarto.- Designación de Auditor de Cuentas de Repsol, Sociedad Anónima, y de su Grupo Consolidado para el ejercicio 2017.

Quinto.- Nombramiento del Auditor de cuentas de Repsol, Sociedad Anónima, y de su Grupo Consolidado para los ejercicios 2018, 2019 y 2020.

Sexto.- Aumento de capital social por importe determinable según los términos del acuerdo, mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de un (1) euro de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, con cargo a reservas, ofreciendo a los accionistas la posibilidad de vender los derechos de asignación gratuita de acciones a la propia Sociedad o en el mercado. Delegación de facultades al Consejo de Administración o, por sustitución, a la Comisión Delegada o al Consejero Delegado, para fijar la fecha en la que el aumento deba llevarse a efecto y las demás condiciones del aumento en todo lo no previsto por la Junta General, todo ello de conformidad con el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital. Solicitud ante los organismos competentes para la admisión a negociación de las nuevas acciones en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo), así como en cualesquiera otras bolsas o mercados donde coticen o puedan cotizar las acciones de la Sociedad.

Séptimo.- Segundo aumento de capital social por importe determinable según los términos del acuerdo, mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de un (1) euro de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, con cargo a reservas, ofreciendo a los accionistas la posibilidad de vender los derechos de asignación gratuita de acciones a la propia Sociedad o en el mercado. Delegación de facultades al Consejo de Administración o, por sustitución, a la Comisión Delegada o al Consejero Delegado, para fijar la fecha en la que el aumento deba llevarse a efecto y las demás condiciones del aumento en todo lo no previsto por la Junta General, todo ello de conformidad con el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital. Solicitud ante los organismos competentes para la admisión a negociación de las nuevas acciones en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo), así como en cualesquiera otras bolsas o mercados donde coticen o puedan cotizar las acciones de la Sociedad.

Octavo.- Delegación en el Consejo de Administración de la facultad para emitir valores de renta fija, convertibles y/o canjeables por acciones de la Sociedad, así como warrants (opciones para suscribir acciones nuevas o para adquirir acciones en circulación de la Sociedad). Fijación de los criterios para la determinación de las bases y modalidades de la conversión y/o canje y atribución al Consejo de Administración de las facultades de aumentar el capital en la cuantía necesaria, así como de excluir, total o parcialmente, el derecho de suscripción preferente de los accionistas en dichas emisiones. Autorización para que la Sociedad pueda garantizar emisiones de valores que realicen sus filiales. Dejar sin efecto, en la parte no utilizada, el acuerdo decimotercero B) de la Junta General de accionistas celebrada el 31 de mayo de 2012.

Noveno.- Reelección como Consejero de D. Rene Dahan.

Décimo.- Reelección como Consejero de D. Manuel Manrique Cecilia.

Undécimo.- Reelección como Consejero de D. Luis Suárez de Lezo Mantilla.

Duodécimo.- Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Antonio Massanell Lavilla.

Decimotercero.- Nombramiento de D.ª Maite Ballester Fornés como Consejera.

Decimocuarto.- Nombramiento de D.ª Isabel Torremocha Ferrezuelo como Consejera.

Decimoquinto.- Nombramiento de D. Mariano Marzo Carpio como Consejero.

Decimosexto.- Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, Sociedad Anónima, correspondiente al ejercicio 2016.

Decimoséptimo. Aplicación de un sistema retributivo referenciado al valor de las acciones al Consejero Delegado de la Compañía. Decimoctavo. Aprobación, en su caso, de la inclusión de un objetivo relacionado con la evolución del retorno total para el accionista en el Plan de Retribución Variable Plurianual a Largo Plazo 2017-2020. Decimonoveno. Aprobación, en su caso, de la entrega de acciones a los Consejeros Ejecutivos como parte del pago de su retribución bajo los Planes de Retribución Variable Plurianual a Largo Plazo. Vigésimo. Examen y aprobación, si procede, de la Política de Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, Sociedad Anónima (2018-2020). Vigésimo primero. Delegación de facultades para interpretar, complementar, desarrollar, ejecutar, subsanar y formalizar los acuerdos adoptados por la Junta General. Durante la Junta se informará a los asistentes sobre la modificación del Reglamento del Consejo de Administración, de acuerdo con el artículo 528 de la Ley de Sociedades de Capital. Derecho a completar el orden del día y a presentar nuevas propuestas de acuerdo Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria, con indicación de la identidad de los accionistas que ejercitan el derecho y del número de acciones de que son titulares, así como de los puntos a incluir en el orden del día, acompañando la justificación o las propuestas de acuerdos justificadas de dichos puntos y, en su caso, cuanta otra documentación resulte procedente. Esos mismos accionistas titulares de, al menos, el tres por ciento del capital social podrán presentar, mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria, propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día, todo ello en los términos previstos en el artículo 519.3 de la Ley de Sociedades de Capital. Lo anterior se entiende sin perjuicio del derecho de cualquier accionista durante el desarrollo de la Junta General a formular, cuando proceda, propuestas alternativas o sobre puntos que no precisen figurar incluidos en el orden del día en los términos previstos en la Ley de Sociedades de Capital. Derecho de asistencia Podrán asistir a la Junta General, con derecho a voz y a voto, todos los accionistas que tengan inscritas sus acciones en el correspondiente registro contable con cinco días de antelación al señalado para la celebración de la Junta y se provean de la correspondiente tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia. Las tarjetas de asistencia, delegación y voto a distancia serán expedidas por la entidad participante de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad anónima Unipersonal (en adelante, IBERCLEAR) que en cada caso corresponda. Dichas tarjetas de asistencia, delegación y voto a distancia podrán ser canjeadas el día de celebración de la Junta por otros documentos normalizados de registro de asistencia a la Junta, expedidos por la Sociedad, con el fin de facilitar la elaboración de la lista de asistentes y el ejercicio de los derechos de voto y demás derechos del accionista. El registro de tarjetas de asistencia, delegación y voto a distancia comenzará dos horas antes de la señalada para la celebración de la Junta General. A efectos de acreditar la identidad de los accionistas o de quien válidamente los represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta se podrá solicitar a los asistentes la acreditación de su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. Representación Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá conferir su representación en la Junta General a otra persona, que no necesitará ser accionista. Cuando el documento de la representación se reciba en la Sociedad con el nombre del representante en blanco, la representación se entenderá conferida al Presidente del Consejo de Administración y, en ausencia de éste, al Secretario de la Junta General Ordinaria de accionistas. El representante del accionista podrá designar un sustituto para el ejercicio del voto en los supuestos de conflicto de intereses. En los documentos en que consten las representaciones se reflejarán las instrucciones de voto, entendiéndose que, de no marcarse las correspondientes casillas de instrucciones, el representado imparte instrucciones precisas de votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. Salvo indicación contraria del accionista representado, la delegación se extiende a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración o a los asuntos que, aun no figurando en el orden del día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta por así permitirlo la Ley. En el supuesto de que la delegación se extienda según lo indicado en el párrafo anterior, se entenderá que el accionista imparte instrucciones precisas al representante de votar en sentido negativo salvo que el accionista haya indicado expresamente otra cosa. A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de lo siguiente: (i) el Presidente del Consejo de Administración y el resto de miembros del Consejo podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto de los puntos tercero (Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración de Repsol, Sociedad anónima correspondiente al ejercicio social 2016); decimosexto (Votación consultiva del Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, Sociedad Anónima, correspondiente al ejercicio 2016) y vigésimo (Examen y aprobación, si procede, de la Política de Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, Sociedad Anónima 2018-2020); (ii) el Consejero Delegado podrá encontrarse en una situación de potencial conflicto de interés respecto del punto decimoséptimo (Aplicación de un sistema retributivo referenciado al valor de las acciones al Consejero Delegado de la Compañía); (iii) el Consejero Delegado y el Consejero Secretario del Consejo de Administración podrán encontrarse en una situación de potencial conflicto de intereses respecto del punto decimoctavo (Aplicación de un sistema retributivo referenciado a la tasa de retorno total del accionista (TSR) a los Consejeros Ejecutivos de la Compañía en el marco del Programa de Retribución Variable Plurianual (2017-2020) y del punto decimonoveno (Entrega de acciones a los Consejeros Ejecutivos como forma de pago parcial de la retribución variable plurianual); (iv) los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se propone bajo los puntos noveno (Reelección como Consejero de D. Rene Dahan), décimo (Reelección como Consejero de D. Manuel Manrique Cecilia), undécimo (Reelección como Consejero de D. Luis Suárez de Lezo Mantilla), duodécimo (Ratificación del nombramiento por cooptación y reelección como Consejero de D. Antonio Massanell Lavilla), decimotercero (Nombramiento de D.ª Maite Ballester Fornés como Consejera), decimocuarto (Nombramiento de D.ª Isabel Torremocha Ferrezuelo como Consejera) y decimoquinto (Nombramiento de D. Mariano Marzo Carpio como Consejero) del orden del día, se encuentran respectiva e individualmente en conflicto de intereses en cada uno de dichos puntos; y (v) en el caso de que, por así permitirlo la Ley, se sometieran a la Junta alguna o algunas de las propuestas a las que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio de la acción social de responsabilidad) del artículo 526 de la Ley de Sociedades de Capital, el o los consejeros afectados por dichas propuestas se encontrarían en conflicto de intereses en la votación de las mismas. El accionista deberá comunicar, por escrito o por medios electrónicos a quien designe como representante, la representación conferida a su favor. Cuando ésta se confiera a favor de algún miembro del Consejo de Administración, la comunicación se entenderá realizada mediante la recepción en la Sociedad de la documentación en que conste la misma. El accionista deberá, asimismo, notificar a la Sociedad, por escrito o por medios electrónicos, tanto el nombramiento de un representante como, en su caso, la revocación del mismo. La comunicación a la Sociedad del nombramiento de representante se entenderá efectuada: (i) mediante el envío, por correspondencia postal, de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia a la atención de la Oficina de Información al Accionista; (ii) mediante el otorgamiento por el accionista de su representación a través de la página web de la Sociedad (www.repsol.com) o bien; (iii) mediante la presentación por el representante de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia en los registros de entrada de accionistas en el lugar y día señalados para la celebración de la Junta. La asistencia personal a la Junta General del accionista que hubiera designado a un representante, o el ejercicio por parte del indicado accionista del voto a distancia, tanto por medios electrónicos como por vía postal, determinará la revocación del nombramiento del representante designado. Derecho de información Adicionalmente a lo previsto en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la fecha de publicación del presente anuncio de convocatoria y hasta la celebración de la Junta General Ordinaria de accionistas, la Sociedad publica en su página web (www.repsol.com) de forma ininterrumpida, salvo fuerza mayor o imposibilidad técnica ajena a su voluntad, entre otra, la siguiente información y documentación: 1. El anuncio de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de accionistas. 2. El número total de acciones y derechos de voto existentes en la fecha de la convocatoria. 3. Las Cuentas Anuales de Repsol, Sociedad Anónima, y las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo Repsol correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016. 4. El Informe de los Auditores Externos sobre las Cuentas Anuales de Repsol, Sociedad anónima y sobre las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo Repsol correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016. 5. El Informe de Gestión de Repsol, Sociedad Anónima, y el Informe de Gestión Consolidado del Grupo Repsol correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016. 6. El texto literal de las propuestas de acuerdos correspondientes a los puntos del orden del día, así como los informes del Consejo de Administración referentes a cada una de las propuestas de acuerdos correspondientes a los puntos del orden del día que incluyen los informes de la Comisión de Nombramientos en relación con los puntos noveno, décimo, undécimo, duodécimo, decimotercero, decimocuarto y decimoquinto del orden del día. 7. Identidad, currículo y categoría de los Consejeros cuya reelección, ratificación o nombramiento se somete a la Junta General. 8. El Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016. 9. El Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, Sociedad anónima correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016. 10. La Política de Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, Sociedad Anónima (2018-2020). 11. El Informe justificativo de la Comisión de Retribuciones sobre la Política de Remuneraciones de los Consejeros de Repsol, Sociedad Anónima. 12. Los textos refundidos vigentes de los Estatutos Sociales, del Reglamento de la Junta General de Accionistas y del Reglamento del Consejo de Administración. 13. El Informe sobre la Independencia del Auditor Externo. 14. La Memoria de actividades de la Comisión de Auditoría y Control correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016. 15. El Informe de Sostenibilidad 2016. 16. El modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia de la Sociedad para la Junta General Ordinaria de accionistas. A partir de la fecha de publicación del anuncio de convocatoria los accionistas tienen derecho a examinar en el domicilio social (Calle Méndez Álvaro, número 44, 28045 Madrid) y a pedir la entrega o envío inmediato y gratuito (envío que podrá tener lugar mediante correo electrónico con acuse de recibo si el accionista acepta este método) de la documentación relacionada con la celebración de la Junta General Ordinaria de accionistas referida en los párrafos 1 a 16 precedentes. Las peticiones de dicha documentación podrán hacerse bien por correo ordinario dirigido a la Oficina de Información al Accionista, calle Méndez Álvaro, número 44, 28045 Madrid, bien por teléfono en el número 900 100 100 o bien por correo electrónico a infoaccionistas@repsol.com. Adicionalmente, desde la publicación del presente anuncio y hasta el quinto día natural anterior, inclusive, al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar por escrito las informaciones o aclaraciones que estimen precisas o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria. Además, en los mismos términos y plazo, los accionistas podrán solicitar aclaraciones por escrito acerca de (i) la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General de accionistas, es decir, desde el 20 de mayo de 2016; y (ii) los Informes de los Auditores Externos sobre las Cuentas Anuales de Repsol, Sociedad Anónima, y sobre las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo Repsol correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016. Lo anterior se entiende sin perjuicio del derecho de cualquier accionista durante el desarrollo de la Junta General Ordinaria de accionistas a solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día o a solicitar las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información referida en los incisos (i) y (ii) anteriores. Voto y delegación por medios a distancia con carácter previo a la Junta General de Accionistas 1. Voto por medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la Junta De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de los Estatutos Sociales y en el artículo 7 del Reglamento de la Junta General, los accionistas con derecho de asistencia podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a los puntos comprendidos en el orden del día con carácter previo a la celebración de la Junta, por medios de comunicación a distancia, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce sus derechos de voto. 1.1 Medios para la emisión del voto a distancia Los medios de comunicación válidos para la emisión del voto a distancia son los siguientes: (i) Voto por correspondencia postal Para la emisión del voto por correspondencia postal en relación con los puntos comprendidos en el orden del día, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado correspondiente al "Voto a Distancia" de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia expedida por la entidad participante de IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones. Una vez cumplimentada y firmada -con firma manuscrita- la tarjeta en el apartado correspondiente, el accionista deberá hacerla llegar a la Sociedad, a la atención de la Oficina de Información al Accionista, Calle Méndez Álvaro, número 44, 28045 Madrid. En el supuesto de que la tarjeta expedida por la entidad participante de IBERCLEAR no incorpore el apartado relativo al "Voto a Distancia" o este estuviera incompleto, el accionista podrá utilizar el modelo de tarjeta de la Sociedad disponible en la página web (www.repsol.com) y en la Oficina de Información al Accionista. Dicha tarjeta, debidamente firmada, deberá hacerse llegar a la Sociedad junto con la correspondiente tarjeta expedida por la entidad participante de IBERCLEAR, donde habrá de figurar igualmente la firma manuscrita del accionista que ejerce su voto. (ii) Voto por medios electrónicos El accionista podrá emitir su voto en relación con los puntos del orden del día de la Junta General, a través de la página web de la Sociedad (www.repsol.com), accediendo al espacio dedicado a la Junta General de Accionistas 2017, y siguiendo el procedimiento allí establecido, siempre que disponga de un DNI electrónico o una firma electrónica reconocida o avanzada, basada en un certificado electrónico reconocido y vigente, emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, y se identifique mediante cualquiera de dichos dispositivos. 1.2 Reglas específicas del voto a distancia (i) Sentido del voto Si, en relación con alguno de los puntos del orden del día, el accionista que emita su voto a distancia no marcara alguna de las casillas destinadas al efecto, se entenderá que vota a favor de la correspondiente propuesta de acuerdo formulada por el Consejo de Administración. (ii) Plazo de recepción por la Sociedad Para su validez, el voto emitido por correspondencia postal o medios electrónicos deberá recibirse por la Sociedad antes de las 24:00 horas del día 17 de mayo de 2017. Con posterioridad, la Sociedad únicamente admitirá los votos presenciales emitidos en el acto de la Junta. 2. Delegación por medios de comunicación a distancia De conformidad con lo establecido en el artículo 24 de los Estatutos Sociales y en el artículo 8 del Reglamento de la Junta General, los accionistas con derecho de asistencia podrán delegar el voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día, con carácter previo a la celebración de la Junta, por medios de comunicación a distancia, siempre que se garantice debidamente la identidad de los intervinientes. 2.1 Medios para conferir la representación a distancia Los medios de comunicación a distancia válidos para conferir la representación son los siguientes: (i) Delegación por correspondencia postal Para conferir su representación por correspondencia postal, los accionistas deberán cumplimentar el apartado correspondiente a "Delegación" de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia que les facilite la entidad participante de IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones. Dicho apartado deberá ser firmado -con firma manuscrita- por el accionista y hacerse llegar a la Sociedad, a la atención de la Oficina de Información al Accionista, calle Méndez Álvaro, número 44, 28045 Madrid, o al representante designado para su presentación el día de celebración de la Junta General. En el supuesto de que la tarjeta expedida por la entidad participante de IBERCLEAR no incorpore el apartado relativo a la "Delegación" o este estuviera incompleto, el accionista podrá utilizar el modelo de tarjeta de la Sociedad disponible en la página web (www.repsol.com) y en la Oficina de Información al Accionista. Dicha tarjeta, debidamente firmada, deberá hacerse llegar a la Sociedad (ya sea por el accionista o por el representante designado) junto con la correspondiente tarjeta expedida por la entidad participante de IBERCLEAR, donde habrá de figurar igualmente la firma manuscrita del accionista que delega su representación. (ii) Delegación por medios electrónicos El accionista podrá conferir su representación a través de la página web de la Sociedad (www.repsol.com), accediendo al espacio dedicado a la Junta General de Accionistas 2017 y siguiendo el procedimiento allí establecido, siempre que disponga de un DNI electrónico o una firma electrónica reconocida o avanzada basada en un certificado electrónico reconocido y vigente, emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, y se identifique mediante cualquiera de dichos dispositivos. 2.2 Reglas específicas de la delegación a distancia Se aplicarán a la delegación a distancia las mismas reglas establecidas con carácter general para la representación en la Junta General relativas a (i) las delegaciones que se reciban en la Sociedad con el nombre del representante en blanco; (ii) la impartición de instrucciones precisas de voto consistentes en votar a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración en el supuesto de que no se marquen específicamente las casillas de instrucciones de voto; (iii) la extensión del apoderamiento a las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración y a asuntos no comprendidos en el orden del día y que puedan tratarse en la Junta; así como a las instrucciones de voto respecto de dichos asuntos; y (iv) la necesaria comunicación al representante de la delegación conferida así como a la Sociedad del nombramiento de representante o de la revocación, en su caso, del mismo. Para su validez, la representación conferida por correspondencia postal o por medios electrónicos deberá recibirse por la Sociedad antes de las 24:00 horas del día 17 de mayo de 2017. Con posterioridad, la Sociedad únicamente admitirá las representaciones conferidas por escrito mediante las tarjetas de asistencia, delegación y voto a distancia que se presenten en los registros de entrada de accionistas en el lugar y día señalados para la celebración de la Junta. En el día y lugar de celebración de la Junta, los representantes designados deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad, o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos, con el fin de que la Sociedad pueda comprobar la delegación conferida, acompañando las tarjetas de asistencia, delegación y voto a distancia o copia o una impresión del justificante electrónico de dicha delegación, según sea el caso. 3. Reglas comunes al voto y delegación a distancia (i) Confirmación del voto o delegación a distancia La validez del voto emitido y de la representación conferida por medios de comunicación a distancia queda sujeta a la comprobación de los datos facilitados por el accionista con el fichero facilitado por IBERCLEAR. En caso de divergencia entre el número de acciones comunicado por el accionista que confiere la representación o emite su voto por medios a distancia y el que conste en el citado fichero de IBERCLEAR, prevalecerá, a efectos de quórum y votación, el número de acciones facilitado por IBERCLEAR. (ii) Reglas de prelación La asistencia personal a la Junta General del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio empleado, dejará sin efecto dicha delegación o voto. En caso de que un accionista ejerciese válidamente tanto el voto a distancia como la delegación prevalecerá el primero. Asimismo, el voto y la delegación mediante comunicación electrónica prevalecerán frente a los emitidos por correspondencia postal. El voto emitido y la representación conferida mediante medios electrónicos podrán dejarse sin efecto por revocación expresa del accionista, efectuada por el mismo medio. Si la Sociedad recibiera por correspondencia postal dos o más votos por parte de un mismo accionista prevalecerá el voto que se hubiera recibido en fecha posterior. Esta misma regla será también aplicable en el caso de que la Sociedad recibiera por correspondencia postal dos o más delegaciones por parte de un mismo accionista. Podrán votar, delegar o asistir cualesquiera de los cotitulares de un depósito de acciones y les serán de aplicación entre sí las reglas de prelación establecidas en este apartado. A los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presume que el cotitular que en cada momento realice una actuación (delegación, voto o asistencia física o remota) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de socio. (iii) Otras disposiciones La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos electrónicos de voto y delegación por razones técnicas o de seguridad. Asimismo, la Sociedad se reserva el derecho de solicitar a los accionistas los medios adicionales de identificación que considere oportunos para garantizar la identidad de los intervinientes, la autenticidad del voto o de la delegación y, en general, la seguridad jurídica del acto de la Junta General. La Sociedad no será responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de la falta de disponibilidad, mantenimiento y efectivo funcionamiento de su página web y de sus servicios o contenidos, así como de averías, sobrecargas, caídas de línea, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de la Sociedad, que impidan la utilización de los mecanismos electrónicos de delegación o voto. Las aplicaciones informáticas para el ejercicio del voto y la delegación a través de medios electrónicos estarán operativas a partir del día 19 de abril de 2017 y se cerrarán a las 24:00 horas del día 17 de mayo de 2017. Se aplicarán, en lo no previsto en los presentes procedimientos, las Condiciones Generales de la página web de la Sociedad recogidas en su Nota Legal. Presencia de notario El Consejo de Administración ha requerido la presencia de Notario para que levante el Acta de la Junta General. Foro Electrónico de Accionistas Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad ha habilitado un Foro Electrónico de Accionistas en su página web (www.repsol.com), con ocasión de la convocatoria de la Junta General, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que se puedan constituir de acuerdo con la normativa vigente, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de la Junta General. En el Foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria. El Foro no constituye un canal de comunicación entre la Sociedad y sus accionistas y se habilita únicamente con la finalidad de facilitar la comunicación entre los accionistas de la Sociedad con ocasión de la celebración de la Junta General. Para acceder al Foro los accionistas deberán obtener a través de la página web (www.repsol.com) una clave de acceso específica siguiendo para ello las instrucciones y condiciones de uso del Foro que a tal efecto figuran en el espacio dedicado a la Junta General de Accionistas 2017. La acreditación para obtener la clave podrá hacerse, con carácter general, bien a través del DNI electrónico o bien a través de una firma electrónica reconocida o avanzada, basada en un certificado electrónico reconocido y vigente, emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Información general Los datos personales que los accionistas faciliten a la Sociedad para el ejercicio o delegación de sus derechos de asistencia y voto en la Junta serán tratados bajo la responsabilidad de la Sociedad para el desarrollo, control y gestión de la relación accionarial y de la convocatoria, celebración y difusión de la Junta General así como el cumplimiento de sus obligaciones legales. Por ello, los datos serán comunicados al Notario que levante el Acta de la Junta General y podrán ser facilitados a terceros en el ejercicio del derecho de información previsto en la ley. Podrán asimismo ser accesibles al público en general en la medida en que consten en la documentación disponible en la página web www.repsol.com o se manifiesten en la Junta General cuyo desarrollo (parcial o íntegro) podrá ser objeto de grabación audiovisual y difusión pública en dicha página web. Al asistir a la Junta General, el/la asistente presta su consentimiento para esta grabación y difusión. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ejercitarse en los términos legalmente previstos mediante comunicación escrita dirigida al domicilio social de la Sociedad, Calle Méndez Álvaro, número 44, 28045 Madrid. En caso de que en la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia el accionista incluya datos personales referentes a otras personas físicas, el accionista deberá informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a la Sociedad, sin que ésta deba realizar ninguna actuación adicional en términos de información o consentimiento.

Madrid, 29 de marzo de 2017.- Luis Suárez de Lezo Mantilla, Consejero Secretario del Consejo de Administración.

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