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Documento BORME-C-2017-2003

SANEDI, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SANEDI INMOBILIARIA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 71, páginas 2407 a 2407 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-2003

TEXTO

El 1 de abril de 2017 la Junta General Universal de Accionistas de SANEDI, S.A. adoptó por unanimidad los siguientes acuerdos:

1.º La escisión parcial de su rama de actividad de urbanización, construcción, promoción y comercialización de los inmuebles situados en la Comunidad Autónoma de Madrid, respecto de otras Comunidades Autónomas, con gestión diferenciada atendiendo a la diferente legislación urbanística aplicable, para su aportación en bloque y por sucesión universal a una sociedad de nueva creación, que se denominará SANEDI INMOBILIARIA, S.L. (sociedad beneficiaria de la escisión). La escisión se realizará conforme al proyecto de escisión aprobado por el Consejo de Administración de SANEDI, S.A. en igual fecha, 1 de abril de 2017.

Tanto la sociedad escindida como la beneficiara de la escisión tendrán los mismos Accionistas y Socios, que participarán en el capital social de las dos sociedades en igual proporción.

Al amparo de la normativa vigente y dadas las características de esta escisión parcial, no procede redactar informe de Administradores acerca del proyecto de escisión, ni informe de Expertos Independientes ni tampoco balance de escisión, ni depositar ni publicar el proyecto escisión.

2.º La reducción de su capital social en 6.588.079'66467 €, mediante la reducción en 7.651'66047 € del valor nominal de todas sus acciones, que pasarán a ser de 2.500'00 € cada una, modificando en consecuencia, el artículo 5 de los Estatutos Sociales, y la reducción de sus reservas voluntarias en la cuantía necesaria. La reducción es consecuencia de la escisión y los Accionistas de SANEDI, S.A, recibirán las nuevas participaciones sociales que SANEDI INMOBILIARIA, S.L. emitirá en contraprestación a la aportación del patrimonio escindido.

Se hace constar expresamente que los Socios y Acreedores de la sociedad escindida tienen derecho a (a) obtener -en el domicilio social o mediante su envío gratuito por correo, a su requerimiento- el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del proyecto de escisión y documentación complementaria, y a (b) oponerse a la escisión y a la consiguiente reducción de capital en los términos y con los efectos legalmente establecidos.

En Madrid, 1 de abril de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración.

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