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Documento BORME-C-2017-5324

URBANIZADORA ESMERALDA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SES FIGUERETES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 100, páginas 6224 a 6224 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-5324

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que las Juntas Generales de Socios de las citadas sociedades, celebradas todas con carácter universal, en fecha 18 de mayo de 2017, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de las mismas, mediante la absorción por parte de Urbanizadora Esmeralda, S.A., de Ses Figueretes, S.L.U., con extinción de la última y transmisión en bloque a título universal de su patrimonio a la absorbente, con el consiguiente traspaso de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituye su patrimonio social.

EL Proyecto Común de Fusión se ha realizado sobre la base de los balances de fusión de las sociedades que participan en la fusión cerrados a 31 de diciembre de 2016, que fueron formulados por el administrador único de ambas sociedades en fecha 31 de marzo de 2017, aprobados por los socios de ambas sociedades, y en cuanto al balance de la absorbente verificado por los auditores de cuentas de la sociedad.

La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2017.

Se hace constar que los documentos enumerados en el artículo 39.1 de la Ley 3/2009, se encuentran disponibles en el domicilio social de las dos sociedades participantes en la fusión, para su examen por los accionistas, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores, con posibilidad de obtener entrega o el envío gratuito de su texto íntegro.

Asimismo, se hace constar expresamente de conformidad con el artículo 43 de la citada Ley, el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

S´Horta, 18 de mayo de 2017.- Juan Manresa Oliver, Administrador único de las sociedades Urbanizadora Esmeralda, S.A. y Ses Figueretes, S.L.U.

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