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Documento BORME-C-2017-5564

MAS VALLS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 104, páginas 6485 a 6485 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-5564

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de "Mas Valls, S.A.", celebrada el día 26 de mayo de 2017, ha acordado, por unanimidad:

1.- La compensación de pérdidas con cargo a reservas y resultado del ejercicio por un importe total de 242.171'84 euros.

2.- Tras la compensación de pérdidas operada, reducir el capital social en la cifra de 1.293.690'32 euros es decir, desde los 1.447.597'75 euros actuales a 153.907'43 euros, mediante la disminución del valor nominal de cada una de las 24.086 acciones ordinarias con derecho a voto que componen actualmente el capital social, de los 60'101210 euros por acción actuales a 6'389912 euros por acción. En consecuencia se acordó modificar el artículo sexto de los Estatutos Sociales.

La finalidad de la reducción de capital ha sido compensar la totalidad de las pérdidas de la sociedad y restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, dejando a la compañía con un capital suficiente que mantenga el equilibrio patrimonial y que cumpla con los requisitos de la Ley de Sociedades de Capital.

La adopción de este acuerdo afecta por igual a todas las acciones que componen el capital de la sociedad en proporción a su valor nominal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, la presente reducción toma como referencia el balance individual de la sociedad cerrado a fecha 31 de diciembre de 2016, aprobado en el acuerdo primero de la citada Junta General y, sometido a la previa verificación del auditor de cuentas Ethics Consulting Auditors, S.L. nombrado por el administrador de la sociedad a tal efecto, por no estar la sociedad obligada a someter auditoría las cuentas anuales. Dicho balance e informe del auditor se incorporaran a la escritura pública de reducción de capital.

En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.

Como consecuencia de esta operación de reducción de capital no se genera excedente del activo sobre el pasivo que deba atribuirse a reserva legal.

Este anuncio se publicará también en la página web corporativa de la sociedad.

Vallada, 31 de mayo de 2017.- El Administrador único, Salvador Mas Pérez.

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