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Documento BORME-C-2017-6602

URBANIZACIÓN LA COMA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 7688 a 7688 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-6602

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 304 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se pone en conocimiento de los señores accionistas que la Junta General Ordinaria de la sociedad celebrada el 20 de junio de 2017, acordó, ampliar el capital social en las siguientes condiciones:

Importe nominal de la ampliación: 133.301,80 euros.

Acciones a emitir: 2.218 acciones de 60,10 euros de valor nominal unitario, números 1.802 a 4.019, ambas inclusive.

Prima de emisión: Las acciones se emiten con una prima de emisión unitaria de 120,20 euros.

Derecho de preferencia: Cada socio podrá suscribir una acción nueva por cada 1,20 acciones antiguas.

Derecho de suscripción preferente: Se concede a los actuales accionistas el derecho de suscripción preferente, pudiéndose ejercitar el mismo en el plazo de un mes a contar desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil". Las acciones no suscritas en el plazo señalado serán ofrecidas de nuevo a los accionistas que hubiesen hecho uso de su respectivo derecho. En este último caso, el plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente será de quince días, a contar desde la conclusión del plazo anterior. Si existieran varios accionistas interesados y sus solicitudes excedieran del total de acciones no suscritas, estas se les adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos tuviere en la sociedad. Durante los quince días siguientes a la finalización del plazo establecido en el apartado anterior,el Consejo de Administración podrá adjudicar las acciones no asumidas, a personas extrañas de la sociedad. Si transcurridos los plazos señalados, el aumento de capital acordado no se ha suscrito íntegramente, el capital quedará aumentado en la cuantía de las suscripciones efectivamente realizadas, según contempla el artículo 311.1 de la vigente Ley de Sociedades de Capital.

Derechos políticos y económicos: Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente en vigor y participarán de los mismos beneficios sociales.

Suscripción y desembolso: La suscripción y desembolso deberán de ser totales, simultáneos, y en metálico mediante el ingreso de los correspondientes importes, de 180,30 euros por acción (60,10 euros más 120,20 euros), en la cuenta corriente NOTARIOS ASOCIADOS, S.C.P. en Banco Santander, S.A.: ES80 0049 2409 1329 1426 6519.

Castellón de la Plana, 27 de junio de 2017.- El Presidente del Consejo de Administración, Jaime Querol Sanjuán.

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