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Documento BORME-C-2017-7122

MADERAS FERNÁNDEZ ZABALETA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PARQUETS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 8280 a 8280 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7122

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que, con fecha 30 de junio de 2017, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la mercantil Maderas Fernández Zabaleta, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente), así como la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la mercantil Comercialización y Distribución de Parquets, Sociedad Limitada, (Sociedad Absorbida), acordaron, por unanimidad, la fusión por absorción de Comercialización y Distribución de Parquets, Sociedad Limitada por Maderas Fernández Zabaleta, Sociedad Limitada, con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado, conforme al proyecto común de fusión por absorción redactado y suscrito con fecha 20 de junio por el órgano de administración de ambas sociedades, en Junta Universal por acuerdo unánime de todos los socios con derecho a voto en cada una de las dos sociedades, por lo que la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por Ley y sin informe de Administradores sobre el proyecto de fusión.

No existe en la sociedad absorbente ni en la sociedad absorbida, obligacionistas ni ninguna clase de participaciones especiales o privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión.

Se hace constar expresamente de conformidad con los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Coruño (Llanera), 20 de julio de 2017.- Doña Consuelo Zabaleta Fernández, Administradora Única de Maderas Fernández Zabaleta, Sociedad Limitada, y de Comercialización y Distribución de Parquets, Sociedad Limitada.

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