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Documento BORME-C-2017-7154

SIDENOR ACEROS ESPECIALES, S.L.U.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
SIDENOR FORGINGS & CASTINGS, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 8312 a 8312 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7154

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (Ley 3/2009), aplicable por remisión del artículo 73.1 de dicha Ley, se hace público que, con fecha 31 de julio de 2017 los socios únicos de las sociedades "Sidenor Aceros Especiales, S.L.U." y "Sidenor Forgings & Castings, S.L.U.", han aprobado la escisión, en la modalidad de segregación, de la entidad "Sidenor Aceros Especiales, S.L.U.", como sociedad segregada, a favor de la entidad "Sidenor Forgings & Castings, S.L.U.", como sociedad beneficiaria, que implicará, una vez concluido el proceso de segregación, el traspaso en bloque, sin extinguirse, de una parte del patrimonio social de la sociedad segregada, que constituye una unidad económica, a favor de la sociedad beneficiaria "Sidenor Forgings & Castings, S.L.U.", la cual adquirirá, por sucesión universal la totalidad de derechos y obligaciones que integran dicha parte del patrimonio social de la sociedad segregada. Dicha operación de segregación se ha aprobado de conformidad con los términos y condiciones previstos en el proyecto de segregación suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes de fecha 20 de junio de 2017.

A los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 3/2009, aplicable por remisión del artículo 73.1 de dicha Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la segregación, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación, así como el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades indicadas de oponerse a la segregación durante el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la segregación, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, aplicable por remisión del artículo 73.1 de dicha Ley.

En Basauri (Vizcaya), 1 de agosto de 2017.- El Administrador único de "Sidenor Aceros Especiales, S.L.U." y de "Sidenor Forgings & Castings, S.L.U.", la mercantil "Sidenor Holdings Europa, S.A.U.", representada por D. José Antonio Jainaga Gómez.

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