De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales (LME), se hace público que en fecha 31 de julio de 2017, la Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Absorbente decidió aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida, SGR SOCIEDAD DE GESTIÓN Y REINVERSIÓN, S.L., produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida, mediante la transmisión en bloque a la Sociedad Absorbente BARRUECOPARDO SOLAR, S.L. de todo su patrimonio, junto con sus derechos y obligaciones, a título de sucesión universal.
Dado que ambas sociedades intervinientes son sociedades limitadas y se encuentran íntegramente participadas, de forma directa y en la misma proporción, por los mismos socios, el proceso de fusión se llevará a cabo por el procedimiento simplificado contemplado en el artículo 49 LME, por remisión del artículo 52 LME. Por tanto, no procede ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente (reflejándose como reserva el aumento de patrimonio).
Los balances de fusión de ambas sociedades participantes son los cerrados el 31 de diciembre de 2016. La fecha a efectos contables de la fusión será el 1 de enero de 2017.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a disposición en el domicilio social de ambas sociedades participantes, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores en los términos del artículo 44 LME.
Lucena, 31 de julio de 2017.- D. Ángel María Ramos Pérez, Administrador Solidario de Barruecopardo Solar, S.L.-Consejero Delegado Solidario y Secretario del Consejo de Administración de SGR Sociedad de Gestión y Reinversión, S.L.
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