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Documento BORME-C-2017-7778

TRANSPORTES ESPECIALES CARRASCOSA HERMANOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 177, páginas 9017 a 9017 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-7778

TEXTO

Reducción de capital social mediante amortización de acciones propias.

En cumplimiento del art. 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público el acuerdo de la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de Transportes Especiales Carrascosa Hermanos, S.A. celebrada el pasado 21 de octubre de 2016 en el domicilio social, para la reducción del capital social mediante la amortización de todas las acciones propias que posee la sociedad en autocartera (que constituyen el 20 % del capital social) y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta General de Accionistas del 6 de mayo de 2016, todo ello mediante la adopción por unanimidad del siguiente acuerdo:

Primero: La Junta General acuerda, por unanimidad de todos los socios, proceder a la reducción de capital social, que actualmente asciende a un importe de ciento cincuenta mil doscientos cincuenta euros (150.250,00 €), en la cuantía de 30.050,00 euros, dejando cifrado el capital social en un importe de ciento veinte mil doscientos euros (120.200,00 €).

La reducción de capital se efectúa con el fin de incrementar las reservas voluntarias, mediante la amortización a la par de su valor nominal de 500 acciones, de 60,102010 euros de valor nominal cada una, constitutivas de la cartera de acciones propias, adquiridas por la sociedad al amparo del acuerdo alcanzado en la Junta General Extraordinaria celebrada el 6 de mayo de 2016, con cargo a reservas de libre disposición.

La adquisición de estas acciones se realizó el 5 de agosto de 2016 ante notario, quedando recogida en escritura pública la compraventa con el n.º de protocolo 852 de doña Mónica Teresa Azqueta Nava.

El precio de compra de las acciones objeto de la amortización acordada ascendió a 30.050,00 euros, Así mismo, la reducción de capital acordada no comporta devolución de aportaciones a los socios, habiéndose dotado una reserva por el importe del valor nominal de las acciones amortizadas, de acuerdo con el artículo 141 de la Ley de Sociedades de Capital.

La Junta General acuerda por unanimidad dejar constancia en el libro registro de socios la amortización de las acciones afectadas por la reducción de capital.

La Junta General acuerda por unanimidad, en consecuencia, con la reducción de capital acordada, proceder a la modificación del artículo quinto de los Estatutos Sociales, que tendrá a partir de la presente, la siguiente redacción:

"Artículo quinto. - El capital social, totalmente suscrito y desembolsado, se fija en ciento veinte mil doscientos euros (120.200,00 €)".

De conformidad con los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad tienen derecho de oposición a ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de reducción.

Pinto, 12 de septiembre de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración, Roberto Carrascosa Pérez.

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