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Documento BORME-C-2017-8212

LINARES FOTOVOLTAICA, S.L. EN LIQUIDACIÓN
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 20, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 21, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 22, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 23, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 24, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 25, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 26, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 27, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 28, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 29, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 30, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 31, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 32, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 33, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 34, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 35, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 36, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 37, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 38, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 9507 a 9508 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8212

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha 30 de septiembre de 2.017, en Junta General Extraordinaria de Linares Fotovoltaica, S.L., en liquidación, se acordó la fusión de esta como Sociedad Absorbente con las Sociedades Absorbidas, de forma que estas últimas quedan absorbidas por la Sociedad Absorbente, ocasionando la extinción de las Sociedades Absorbidas con transmisión en bloque de todos sus patrimonios a la Sociedad Absorbente, la cual adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que intervienen en la fusión a oponerse a la misma en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Sevilla, 5 de octubre de 2017.- Ricardo Abaurre Llorente, Liquidador de la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas.

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