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Documento BORME-C-2017-8225

DESARROLLO ECONÓMICO Y GESTIÓN DE SOCIEDADES AGRÍCOLAS, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
BOEKEL Y JOROBICA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 9521 a 9521 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8225

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de "Desarrollo Económico y Gestión de Sociedades Agrícolas, S.L.", en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2017 acordó de manera unánime, la escisión parcial de la compañía, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio, consistente en una cartera de participación, a favor de la sociedad de nueva creación Boekel y Jorobica S.L., recibiendo los socios de Desarrollo Económico y Gestión de Sociedades Agrícolas, S.L. un número de participaciones proporcional a su respectiva participación en Desarrollo Económico y Gestión de Sociedades Agrícolas, S.L., y reduciendo ésta su capital social y reservas en la cuantía necesaria, equivalente al valor del patrimonio escindido, sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 L.M.E. y en los términos previstos en el Proyecto de Escisión, redactado por los administradores solidarios a 2 de septiembre de 2017.

Se hace constar expresamente que los socios y acreedores de Desarrollo Económico y Gestión de Sociedades Agrícolas, S.L., tienen el derecho de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados. Se hace constar asimismo que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio, los acreedores de Desarrollo Económico y Gestión de Sociedades Agrícolas, S.L. podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 44, por remisión del artículo 73 de la L.M.E. y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital.

El Ejido, 26 de septiembre de 2017.- El Administrador solidario, Juan Gabriel Cuadrado Fornieles.

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