En cumplimiento de lo previsto en el art. 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general y universal de socios de DOLMEN PIEDRA S.L., celebrada a las 10:00 horas del día 13 de octubre de 2017, y la junta general y universal de socios de DOLMEN DECOR S.L., celebrada a las 11:00 horas del día 13 de octubre de 2017, acordaron por unanimidad, en sendos acuerdos, la fusión por absorción de DOLMEN DECOR S.L. (Sociedad Absorbida) por DOLMEN PIEDRA S.L. (Sociedad Absorbente), en los términos establecidos en el proyecto común de fusión suscrito en fecha 1 de septiembre de 2017 por los órganos de administración de ambas sociedades. La fusión se ha aprobado por los socios de la sociedad absorbida, pese a ser de aplicación lo previsto en el art. 49.1.4.º LME.
Asiste a los socios, a los acreedores y a los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo asiste a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los arts. 43.1 y 44 LME.
Esquivias, 23 de octubre de 2017.- Fdo.: D. José Antonio García Moya, Administrador único de DOLMEN DECOR, S.L., Fdo.: D. Roberto García Rodríguez, Administrador Solidario de DOLMEN PIEDRA, S.L.
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