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Documento BORME-C-2017-8785

ZIV APLICACIONES Y TECNOLOGÍA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ZIV COMMUNICATIONS, S.A.U.
ZIV METERING SOLUTIONS, S.L.U.
ZIV GRID AUTOMATION, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 10168 a 10169 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8785

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y concordantes de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el Socio Único de "ZIV APLICACIONES Y TECNOLOGÍA, S.L.U.", adoptó el día 29 de septiembre de 2017, el acuerdo de fusión por absorción de "ZIV APLICACIONES Y TECNOLOGÍA, S.L.U.", como Sociedad Absorbente, y las sociedades íntegramente participadas por la misma "ZIV COMMUNICATIONS S.A.U.", "ZIV METERING SOLUTIONS S.L.U." y "ZIV GRID AUTOMATION S.L.U." (conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas"). En virtud de este acuerdo de fusión, las Sociedades Absorbidas transmitirán en bloque todo su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá en su integridad por sucesión universal, produciéndose, como consecuencia de lo anterior, la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la subrogación de la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio de las Sociedades Absorbidas. Todo ello en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión por Absorción formulado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión el día 14 de septiembre de 2017 y sobre la base de los balances de cada una de dichas sociedades participantes cerrados a fecha 31 de marzo de 2017, que han sido verificados por el auditor de cuentas de las mismas y aprobados por el Socio Único de "ZIV APLICACIONES Y TECNOLOGÍA, S.L.U." como balances de fusión.

La fusión por absorción acordada es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 49 LME, dado que la Sociedad Absorbente es la titular directa de todas las acciones y/o participaciones sociales en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas. En consecuencia, y de conformidad con el mencionado artículo 49 de la LME, no procediendo para esta fusión los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni la aprobación de la fusión por las juntas generales de las Sociedades Absorbidas. Asimismo, de acuerdo con el artículo 42 LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente el Proyecto de Fusión ni los demás documentos exigidos por la LME, al haberse adoptado por el Socio Único, en ejercicio de sus competencias de junta general.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de las citadas sociedades participantes en la fusión.

También, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión (no hay obligacionistas), a oponerse a la misma en los términos señalados en el artículo 44 LME durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Zamudio y Viladecans, 26 de octubre de 2017.- El Presidente del Consejo de Administración de "Ziv Aplicaciones y Tecnología, S.L.U.", y representante persona física del administrador único de "Ziv Communications, S.A.U.", "Ziv Metering Solutions S.L.U.", y "Ziv Grid Automation, S.L.U.", don Norberto Santiago Elustondo.

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