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Documento BORME-C-2017-9629

UNIALCO, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
UVESCO PROMOCIÓN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
SUPERMERCADOS ERCORECA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
UVESCAYA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 11110 a 11110 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-9629

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial y Fusión por Absorción

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1, se hace público que con fecha 24 de noviembre de 2017 el socio único de "Unialco, S.L., Sociedad Unipersonal" ("Sociedad Escindida") y de "Uvesco Promoción, S.L., Sociedad Unipersonal" ("Sociedad Beneficiaria") ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad Escindida mediante la escisión de una parte de su patrimonio y el traspaso en bloque del patrimonio escindido, por sucesión universal, a favor de la Sociedad Beneficiaria (la "Escisión").

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace público que el socio único de "Supermercados Ercoreca, S.A., Sociedad Unipersonal" ("Sociedad Absorbente") y el de "Uvescaya, S.L., Sociedad Unipersonal" (la "Sociedad Absorbida") acordaron en la misma fecha, inmediatamente a continuación de la aprobación de la Escisión y en unidad de acto, la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, que implicará la extinción de la Sociedad Absorbida, mediante su disolución sin liquidación, y la transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones de aquella (la "Fusión").

A efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente, el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la Escisión y/o posterior Fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y/o escisión adoptados por la sociedad de la que sean socios o acreedores y de los balances de fusión y/o escisión de la misma, así como el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la Escisión y/o posterior Fusión a oponerse a las mismas en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Irún (Gipuzkoa), 24 de noviembre de 2017.- Don Eulogio Sánchez Saiz y Don Jose Ramón Fernández de Barrena Bermejo, en su condición de personas físicas representantes de "Uvesco, S.A." y "Unialco, S.L.U.", respectivamente, en el cargo de Administradores Mancomunados de "Uvesco Promoción, S.L." y de "Supermercados Ercoreca, S.A.U.", así como en su condición de personas físicas representantes de "Hipermercados Beta, S.L." e "Hiper Costa Esmeralda, S.L.U.", respectivamente, en el cargo de Administradores Mancomunados de "Uvescaya, S.L.U."; Don Eulogio Sánchez Saiz y Don Ángel Fernández de Barrena Villagarcía, en su condición de personas físicas representantes de "Hipermercados Beta, S.L." y "Ves, S.L.U.", respectivamente, en el cargo de Administradores Mancomunados de "Unialco, S.L.U.".

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