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Documento BORME-C-2017-9996

FRONERI IBERIA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HELADOS Y POSTRES, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 240, páginas 11524 a 11524 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-9996

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 14 de diciembre de 2017 el socio único de "Froneri Iberia, S.L., Sociedad Unipersonal" (la "Sociedad Absorbente"), y el accionista único de "Helados y Postres, S.A., Sociedad Unipersonal" (la "Sociedad Absorbida"), han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 23 de junio de 2017 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que la Sociedad Absorbente es titular de todas las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por el Accionista Único de la Sociedad Absorbida y por el Socio Único de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión y sin necesidad de elaborar el informe de experto independiente sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Leeming Bar (Reino Unido), 14 de diciembre de 2017.- Don Philip Karl Griffin, Administrador solidario de "Froneri Iberia, S.L., Sociedad Unipersonal" y Administrador solidario de "Helados y Postres, S.A., Sociedad Unipersonal".

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