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Documento BORME-C-2018-1478

EGURPAL, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 63, páginas 1791 a 1791 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2018-1478

TEXTO

A efectos de lo dispuesto en los artículos 346 y 348 de la Ley del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Sociedades de Capital, se hace saber que la Junta general extraordinaria de la entidad EGURPAL, S.L., domiciliada en Zarátamo (Bizkaia), Polígono Moiordín, nave 27, C.P. 48480, con CIF B95747093, celebrada el día 22 de febrero de 2018 en el domicilio social, adoptó por unanimidad de los asistentes, entre otros, el siguiente acuerdo:

Segundo.- Modificar el artículo 9 de los estatutos, referente a la transmisión de participaciones sociales pasando a quedar como nuevo texto de dicho artículo el siguiente:

"Artículo 9.- No actuará limitación alguna en las transmisiones voluntarias de participaciones sociales en actos intervivos a favor de socios, del cónyuge, ascendientes o descendientes del socio o a favor de sociedades pertenecientes al mismo grupo que la transmitente. Tampoco habrá limitación alguna en las adjudicaciones, por cualquier causa, en los casos de liquidación de la sociedad de gananciales o de cualquier otra comunidad económica matrimonial.

La transmisión forzosa se regirá por las disposiciones legales.

No habrá limitación en las transmisiones mortis causa."

En consecuencia, se hace constar que, conforme al artículo 346.2 del citado texto legal, los socios que no hubieran votado a favor del acuerdo antes indicado, entre los que se entienden incluidos los no asistentes a la Junta conforme a lo dispuesto en el artículo 205.1 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, gozan del derecho de separación de la sociedad, que podrán ejercitar, por escrito, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo.

Zaratamo, 26 de marzo de 2018.- El Administrador único.

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