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Documento BORME-C-2018-1766

ENGAIA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BIOFOREST BOST, SOCIEDAD LIMITADA
MH TALDE, SOCIEDAD LIMITADA
SOLUM TALDE, SOCIEDAD LIMITADA
EGUTALDE, SOCIEDAD LIMITADA
TUMECILLO, SOCIEDAD LIMITADA
LA SERNILLA, SOCIEDAD LIMITADA
ERITZE INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 71, páginas 2166 a 2166 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-1766

TEXTO

Se hace público, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), que con fecha de 3 de marzo de 2018, la Junta general Universal y Extraordinaria de ENGAIA S.L, socio único de BIOFOREST BOST SL, MH TALDE S.L., SOLUM TALDE S.L, EGUTALDE S.L., TUMECILLO S.L, LA SERNILLA S.L y ERITZE INVERSIONES SL, aprobó, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción por ENGAIA S.L de BIOFOREST BOST SL, MH TALDE S.L., SOLUM TALDE S.L, EGUTALDE S.L., TUMECILLO S.L, LA SERNILLA S.L y ERITZE INVERSIONES SL, mediante transmisión en bloque a titulo universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de las sociedades absorbidas, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y 49 de la LME, al tratarse de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida (v) depósito y publicación del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil y BORME

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios, acreedores y trabajadores de cada una de las sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los respectivos balances de fusión; así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante un plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Erandio, 6 de abril de 2018.- El Administrador único.

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