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Documento BORME-C-2018-1799

BAMAHI 2005, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DORMA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 2202 a 2202 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-1799

TEXTO

De conformidad con los artículos 43 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante LME), se hace público que las Juntas Generales Universales respectivamente de las sociedades BAMAHI 2005, S.L. y DORMA, S.A., en la sesión celebrada el día 30 de marzo de 2018 adoptaron por unanimidad el acuerdo de la fusión por absorción de sociedad participada al noventa por ciento de DORMA, S.A., por BAMAHI 2005, S.L., conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación la absorbida, transmitiendo en bloque su patrimonio social a la absorbente y en consecuencia la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin limitación alguna.

La fusión se lleva de conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la LME al encontrarse la sociedad absorbida participada por la sociedad absorbente en un porcentaje superior al noventa por ciento.

De conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la LEY 3/2009 se hace constar expresamente que se ha ofrecido por la sociedad absorbente a los socios de la sociedad absorbida la adquisición de sus acciones, estimadas en su valor razonable, motivo por el cual no serán necesarios los informes de administradores y de expertos sobre el proyecto de fusión.

El acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley de conformidad con el artículo 42 de la LME.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades que se fusionan les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados por la Junta General de la sociedad absorbente.

De conformidad con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social a exigir la celebración de la junta de la sociedad absorbente para la aprobación de la absorción. No obstante dicha Junta General de la sociedad absorbida se celebró el 30 de marzo de 2018.

Madrid, 10 de abril de 2018.- La Administradora Única de DORMA, S.A. y BAMAHI 2005, S.L., Doña María Luz Barreiros Ramos.

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