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Documento BORME-C-2018-1929

INMOBILIARIA SAN FUENTES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RIOLOSA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 74, páginas 2345 a 2345 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-1929

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público el Proyecto Común de Fusión de "Inmobiliaria San Fuentes, Sociedad Limitada" (en lo sucesivo, "San Fuentes"), como entidad absorbente y "Riolosa, Sociedad Anónima", Sociedad Unipersonal, (en adelante, "Riolosa"), como entidad absorbida, redactado y suscrito por los administradores de San Fuentes y Riolosa con fecha 20 de marzo de 2018 y depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya el día 9 de abril de 2018, de conformidad con lo establecido en los artículos 32 y 51 LME. En el Proyecto Común de Fusión se plantea la fusión por absorción de Riolosa por San Fuentes, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación de Riolosa y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a San Fuentes, que adquirirá, por sucesión universal, todos sus derechos y obligaciones, sin ampliación de capital de la entidad absorbente, en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión.

La entidad absorbente es titular de todas las acciones que forman el capital social de la entidad absorbida, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 49 LME, no será necesaria la aprobación de la fusión por la Junta General de Socios de la entidad absorbente ni por la Junta General de Accionistas de la entidad absorbida.

De conformidad con lo establecido en el artículo 51.1 LME, se hace constar el derecho que corresponde a los socios de San Fuentes y a los acreedores, y si los hubiera, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de San Fuentes y Riolosa a examinar en los respectivos domicilios sociales (San Fuentes: Bilbao, Vizcaya, calle Rodríguez Arias 16, 1.º Izquierda; Riolosa: Bilbao, Vizcaya, calle Rodríguez Arias 16, 1.º Izquierda) o a obtener la entrega o el envío gratuito de los documentos indicados en los números 1.º y 4.º, y, en su caso, 2.º, 3.º y 5.º, del apartado 1 del artículo 39 LME.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas si los hubiera de San Fuentes y Riolosa a oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 LME, en relación con el artículo 51 LME, durante el plazo de un mes desde la referida fecha de publicación de este anuncio.

De conformidad con lo previsto en el artículo 51.1 LME, los socios que representen al menos el uno por ciento del capital social de San Fuentes tienen derecho a exigir la celebración de una Junta general de San Fuentes para la aprobación de la fusión por absorción, para lo cual, deberán requerir notarialmente al órgano de administración de San Fuentes en su domicilio social, en el plazo de quince días desde la fecha de este anuncio, para que convoquen una junta general que, en su caso, deberá celebrarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha del requerimiento notarial (art. 51.2 LME).

Bilbao, 12 de abril de 2018.- El Administrador único de Riolosa, Sociedad Anónima, y el Administrador único de Inmobiliaria San Fuentes, Sociedad Limitada, Alicia Acha Goti.

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