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Documento BORME-C-2018-2066

COMPAÑÍA CONCESIONARIA DEL TÚNEL DE SÓLLER, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 77, páginas 2503 a 2503 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-2066

TEXTO

La Junta general extraordinaria de accionistas de la compañía, celebrada el 13 de abril de 2018, adoptó por unanimidad el acuerdo de reducir el capital social en la suma de 11.802.543,00 euros con la finalidad de la devolución parcial de aportaciones a los accionistas, mediante la disminución en igual proporción del valor nominal de las acciones de las series A y B, con un precio de reembolso que se fija en la cantidad bruta de 4,26 euros por acción de la serie A y de 1,065 euros por acción de la serie B.

La ejecución del presente acuerdo y la consiguiente devolución de aportaciones tendrán lugar una vez transcurrido el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último de los anuncios previstos y cumplido el trámite de oposición de acreedores, de conformidad con lo previsto en los artículos 319, 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, mediante el abono del importe correspondiente en una cuenta de devolución de aportaciones abierta en la entidad Banco Santander a favor de los accionistas de la sociedad.

La devolución de aportaciones se efectuará a favor de quien sea accionista de la sociedad y figure inscrito como tal en el Libro Registro de acciones nominativas de la sociedad. Los accionistas podrán solicitar el abono de las cantidades que les correspondan a partir del anuncio que se efectuará a tal efecto, debiéndose hacer efectivo dicho abono dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles a contar desde la fecha en que quede adecuada constancia de su condición de accionista legitimado. A tal fin, la sociedad pondrá a disposición del Banco Santander, con carácter irrevocable, como agente de pago designado, el importe de las aportaciones a restituir a los accionistas, y la puesta a disposición de los fondos quedará instrumentada mediante un abono irrevocable de la cantidad correspondiente en una cuenta de devolución de aportaciones abierta en dicha entidad bancaria.

Se informa, por tanto, que los acreedores de la sociedad tienen derecho a aponerse a la reducción de capital aquí publicada en los términos previstos en los artículos 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 13 de abril de 2018.- Los Administradores mancomunados, María Luisa Castro Sayas y Alberto García García.

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