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Documento BORME-C-2018-2366

RESIDENCIAL ILLA DE AROUSA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NOVAURBE VIVIENDA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 82, páginas 2879 a 2879 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-2366

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que los socios de las sociedades RESIDENCIAL ILLA DE AROUSA, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), y NOVAURBE VIVIENDA, Sociedad Limitada, (sociedad absorbida), en Junta general ordinaria y universal, han adoptado en ambas sociedades con fecha 20 de abril de 2018 y por unanimidad, la decisión de aprobar la fusión por absorción de NOVAURBE VIVIENDA, Sociedad Limitada por parte de RESIDENCIAL ILLA DE AROUSA, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito el día 16 de abril de 2018 por el Administrador único de las sociedades participantes en la fusión.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en cada una de las sociedades por decisión unánime de sus socios, en Junta general ordinaria y universal, por lo que de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Vigo, 24 de abril de 2018.- El Administrador único de RESIDENCIAL ILLA DE AROUSA, Sociedad Limita, Iván Prieto Cáceres y el Administrador único de NOVAURBE VIVIENDA, Sociedad Limitada, Iván Prieto Cáceres.

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