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Documento BORME-C-2018-3420

DERTO VIRAVA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROMO SACEFAR, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 4057 a 4057 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-3420

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público: En fecha 8 de mayo de 2018, el socio único de DERTO VIRAVA, S.L.U., que es el mismo que el socio único de PROMO SACEFAR, S.L.U., en ejercicio de las competencias de la Junta General, ha decidido aprobar la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de PROMO SACEFAR, S.L.U., que se disuelve y extingue sin liquidación, por DERTO VIRAVA, S.L.U., que adquiere en bloque y a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida.

La fusión se realiza (i) tomando como base los balances de fusión de las correspondientes sociedades cerrados, el de la sociedad absorbente en fecha 31 de agosto de 2017 y el de la sociedad absorbida en fecha 31 de diciembre de 2017, ambos aprobados por el socio único, en ejercicio de las competencias de la Junta General, de forma previa al acuerdo de fusión, y (ii) conforme al Proyecto Común de Fusión impropia, suscrito el día 2 de enero de 2018 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión y aprobado, en fecha 8 de mayo de 2018, por el socio único de ambas sociedades en ejercicio de las competencias de la Junta General.

El socio único de la sociedad absorbente DERTO VIRAVA, S.L.U. y el socio único de la absorbida PROMO SACEFAR, S.L.U., es el mismo, tratándose de una fusión de sociedades gemelas, íntegra y directamente participadas por el mismo socio. Por lo tanto, la presente fusión se regulará por lo establecido en la Sección 8 del Título II de la Ley 3/2009, de 3 de Abril relativa a las fusiones especiales, por lo que de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, no procede, entre otros requisitos, elaborar los Informes de los Administradores y Expertos sobre el Proyecto de Fusión, ni establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. La fusión referida tendrá efectos contables a partir del día 1 de enero de 2018. No se producirá ninguna modificación estatutaria en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como de ejercer el derecho de oposición por los acreedores y obligacionistas de las sociedades participantes, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Reus, 8 de mayo de 2018.- Por Derto Virava, S.L.U. y por Promo Sacefar, S.L.U., como Administrador único, Víctor Rafecas Vallès.

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