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Documento BORME-C-2018-5990

AUTOBUSES URBANOS DE PONFERRADA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MORENO DE VEGA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 7031 a 7031 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-5990

TEXTO

Se hace público que las sociedades arriba citadas adoptaron el día 29 de junio de 2018, los siguientes acuerdos:

Aprobar la fusión por absorción de Moreno de Vega, S.L.U. por parte de Autobuses Urbanos de Ponferrada, S.A., con extinción por disolución sin liquidación de la absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la absorbente, que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la absorbida, así como aprobar los correspondientes balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2017 y que se corresponde con su último balance anual aprobado.

La fusión se ha acordado en base al proyecto común de fusión, también aprobado de forma expresa, redactado y suscrito con fecha 7 de febrero de 2018 por los Órganos de Administración de las sociedades participantes, depositado en el Registro Mercantil de León el día 19 de abril de 2018 y publicado en el BORME del día 8 de mayo de 2018 y depositado en el Registro Mercantil de Salamanca el día 2 de mayo de 2018 y publicado en el BORME del día 10 de mayo de 2018, habiéndose respetado el derecho de información de los trabajadores.

Dado que la sociedad absorbida está participada al 100% de forma directa por la sociedad absorbente, ha sido aplicado a la fusión el régimen previsto en el artículo 49 de la referida Ley 3/2009, por lo que la sociedad absorbente no amplia capital social, ni se han requerido informes de administradores y de expertos sobre el proyecto de fusión.

Las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida se considerarán realizadas por la sociedad absorbente, a efectos contables, desde el día 1 de enero de 2018.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la citada Ley, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión. No hay obligacionistas en ninguna de las sociedades partícipes.

Ponferrada, 2 de julio de 2018.- El Secretario del Consejo de Administración de la absorbente y Administrador solidario de la absorbida.

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