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Documento BORME-C-2018-5994

CANTERA EL ORGALEYO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CALEROS DE BRAÑES, SOCIEDAD LIMITADA
HEREDEROS DE CELEDONIO FERNÁNDEZ, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 7035 a 7035 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-5994

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el día 28 de junio de 2018, los socios de Cantera el Orgaleyo, S.L., (sociedad absorbente), en ejercicio de las competencias propias de la Junta general extraordinaria y universal de socios, reunida en el domicilio social, ha aprobado la fusión por absorción de la sociedad Cantera el Orgaleyo, S.L. (sociedad Aabsorbente) con las Sociedades Caleros de Brañes, S.L. y Herederos de Celedonio Fernández, S.L. (sociedades absorbidas) sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 20 de Junio de 2018. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la sociedades absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de la mismas. Habiéndose aprobado asimismo los balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2017.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el art.49 de la LME, de conformidad con lo establecido en el art. 52 de la misma ley.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el proyecto de fusión suscrito por los Órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión. De conformidad con lo dispuesto por el art. 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades a fusionar de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Oviedo, 28 de junio de 2018.- Ricardo Valdés Castro, Presidente del Consejo de Administración de Cantera el Orgaleyo, S.L. (sociedad absorbente), y de Caleros de Brañes, S.L. y Herederos de Celedonio Fernández, S.L. (sociedades absorbidas).

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