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Documento BORME-C-2018-6015

APARTAMENTOS CASAS PEPE, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 7058 a 7059 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-6015

TEXTO

El Consejo de Administración, en su reunión del 2 de julio de 2018, de conformidad con lo previsto en los artículos 304 y 305 de la Ley de Sociedades de Capital, y en ejecución del acuerdo aprobado y de las facultades concedidas en la Junta General Ordinaria de accionistas celebrada el día 1 de julio de 2018, acuerda ejecutar la ampliación de capital allí acordada.

Se acordó ampliar el capital social, actualmente fijado en 60.200,00 €, en una cantidad de 2.000,00 €, de forma que el mismo alcance el total de 62.200,00 €. La ampliación de capital se llevará a cabo mediante la emisión de 10.000 nuevas acciones nominativas de la serie B, de 0,20 € de valor nominal cada una, numeradas correlativamente desde la 1 a la 10.000, quedando las antiguas acciones denominadas como de la serie A. Cada nueva acción se emitirá por su valor nominal de 0,20 € más una prima de emisión de 5,12 €, de lo que resulta un tipo de emisión por acción de 5,32 €, siendo por tanto el desembolso íntegro de un total de 53.200,00 €. Todas las acciones, antiguas y nuevas, serán de la misma clase, si bien, a fin de guardar una estricta proporcionalidad de conformidad con el artículo 188.2 de la Ley de Sociedades de Capital, cada acción de la serie A (antiguas) dará derecho a su titular a emitir 301 votos, y cada acción de la serie B (nuevas) dará a su titular el derecho a emitir 10 votos. O, lo que es lo mismo, el voto de cada acción antigua computará 30,1 veces el voto de cada acción nueva.

La suscripción y desembolso de las nuevas acciones solo podrá llevarse a cabo mediante aportaciones dinerarias, por ingreso en metálico en la cuenta bancaria social de Banco de Santander 0049.1170.70.2510023806. Se habrá de desembolsar el 100% del tipo de emisión (valor nominal más prima de emisión) de cada nueva acción suscrita no más tarde de los plazos de suscripción previstos en los apartados siguientes. La falta de desembolso en plazo determinará la ineficacia de la suscripción de las acciones no desembolsadas.

Se abre un plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, que será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Cada socio tendrá derecho a suscribir una acción nueva por cada acción antigua de que sea titular. El ejercicio de este derecho deberá efectuarse mediante comunicación al efecto dirigida al domicilio social dentro del plazo indicado, así como mediante el desembolso, en el mismo plazo, del íntegro tipo de emisión (valor nominal más prima de emisión) de cada acción suscrita, según lo expuesto en el párrafo anterior.

Si no todos los socios ejercitaran el derecho previsto en el apartado anterior, solo los que sí lo hayan ejercitado dispondrán de un derecho a suscribir en segunda vuelta las acciones no suscritas, sin límite de cantidad. Si más de un socio decidiera suscribir en segunda vuelta, y no hubiere acciones suficientes para todos, las mismas se repartirán entre ellos en proporción a las acciones antiguas poseídas. El plazo para el ejercicio de suscripción en segunda vuelta será de un mes a contar, de forma automática, a partir del día siguiente al de finalización del plazo previsto en el apartado anterior. En dicho plazo, a petición de cada accionista interesado, el Consejo de Administración, representado por su Presidente, confirmará el número de acciones no suscritas en primera vuelta, debiendo el interesado manifestar las que desee suscribir. Transcurrido el plazo citado, el Presidente del Consejo de Administración se dirigirá a los interesados para comunicar cuántas acciones podrá suscribir cada uno en función del prorrateo, debiendo efectuarse el desembolso del íntegro tipo de emisión en la cuenta bancaria social en el plazo de dos días hábiles a contar desde la recepción de dicha comunicación.

Tras la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior, el capital quedará aumentado por la cantidad hasta entonces efectivamente suscrita y desembolsada, aun en caso de suscripción incompleta.

Playa del Inglés, 2 de julio de 2018.- Don Heinz Albert Knoblauch, Presidente del Consejo de Administración.

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