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Documento BORME-C-2018-6763

FERROATLÁNTICA, S.A.U
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FERROATLÁNTICA, S. L.
Y COMPAÑÍA FABRICACIÓN DE FERROALEACIONES Y ELECTROMETALES, SOCIEDAD COLECTIVA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 7889 a 7889 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6763

TEXTO

En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se comunica que el pasado día 31 de julio de 2018, el socio único de "Ferroatlántica, S.A., Sociedad Unipersonal", domiciliada en Madrid-28046, Paseo de la Castellana, 259-D (Edificio Torre Espacio), planta 49ª, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 3.720, libro 0, folio 188, sección 8.ª, hoja n.º M-63610, y CIF A-80420516, acordó aprobar la fusión por absorción de la sociedad "Ferroatlántica, S.L. y Compañía Fabricación de Ferroaleaciones y Electrometales, Sociedad Colectiva", domiciliada en Madrid-28046, Paseo de la Castellana, 259-D (Edificio Torre Espacio), planta 49ª, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 11.349, libro 0, folio 219, sección 8.ª, hoja n.º M-178316, y CIF A-28050011, conforme al artículo 49.1 y concordantes LME, al ser "Ferroatlántica, S.A., Sociedad Unipersonal", titular de forma directa e indirecta del 100% del capital de"Ferroatlántica, S.L. y Compañía Fabricación de Ferroaleaciones y Electrometales, Sociedad Colectiva", que será disuelta sin liquidación y cuyo patrimonio será asumido en bloque por la primera de dichas sociedades, sin aumento de capital y sin cambio estatutario alguno, todo ello en los términos del proyecto común de fusión.

De conformidad con el citado artículo 43 LME se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión de cada una de las sociedades.

Igualmente, se hace constar el derecho de oposición que asiste a los acreedores de "Ferroatlántica, S.A., Sociedad Unipersonal", y de "Ferroatlántica, S.L. y Compañía Fabricación de Ferroaleaciones y Electrometales, Sociedad Colectiva", durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión por absorción, en los términos establecidos en el artículo 44 LME.

Madrid, 1 de agosto de 2018.- Juan Carlos Sánchez Recio, Administrador Solidario de"Ferroatlántica, S.A., Sociedad unipersonal", y representante persona física del socio Administrador Solidario de "Ferroatlántica, S.L. y Compañía Fabricación de Ferroaleaciones y Electrometales, Sociedad Colectiva".

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