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Documento BORME-C-2018-6796

PROPULSORA MONTAÑESA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 7924 a 7924 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-6796

TEXTO

Anuncio reducción de capital por amortización de acciones propias de la sociedad Propulsora Montañesa, S.A.

A efectos de lo dispuesto por el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se comunica que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Propulsora Montañesa, S.A. (la "Sociedad") celebrada el día 30 de julio de 2018 a las 10:00 horas, ha acordado por unanimidad de los asistentes reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de amortizar las acciones propias en autocartera.

En concreto, tras la lectura del informe presentado por el órgano de administración, se acordó reducir el capital social en la cifra de 16.850€, mediante la amortización de 1.685 acciones propias (números 24.000 a 24.909; 25.138 a 25.842; 26.636 a 26.672; y 38.938 a 38.970 -todos inclusive-) de un valor nominal por acción de 10€, que poseía la sociedad en autocartera y que habían sido adquiridas previamente en base a lo autorizado en su momento por la Junta General de Accionistas.

La reducción no entraña devolución de aportaciones a los socios, por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

Igualmente se acordó proceder a la renumeración de las acciones, que quedarán numeradas correlativamente de la 1 a la 37.285, de una sola clase y serie.

Como consecuencia de esta operación, los artículos 8 y 9 de los Estatutos Sociales de la Sociedad quedarán modificados como sigue:

"Artículo 8.- El capital social se fija en trescientos setenta y dos mil ochocientos cincuenta euros (372.850 €)."

"Artículo 9.- El capital social se divide en treinta y siete mil doscientas ochenta y cinco (37.285) acciones nominativas, de diez (10) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la uno (1) a la treinta y siete mil doscientas ochenta y cinco (37.285), ambas inclusive, las cuales son de la misma clase y serie, hallándose totalmente suscritas y desembolsadas."

De conformidad con los artículos 334 y 336 de la LSC, los acreedores de la Sociedad tienen derecho de oposición a ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de reducción.

Santander, 31 de julio de 2018.- El Administrador único, Pedro García Guillén.

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