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Documento BORME-C-2018-6798

GRUPO BOCHAS INNOVACIONES, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 7926 a 7927 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2018-6798

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se pone en conocimiento de los socios que en la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Grupo Bochas Innovaciones, S.L., celebrada el 27 de julio de 2018, en primera convocatoria, con la asistencia de la totalidad de los socios que suponen el 100% del capital social, se adoptó con el voto favorable de la mayoría (52%), entre otros, el acuerdo de reducir el capital social a cero euros con la finalidad de compensar pérdidas de ejercicios anteriores y restablecer el equilibrio entre el capital social y patrimonio neto de la Sociedad, y simultáneamente, un aumento del capital social de hasta sesenta mil euros (60.000) euros, dividido en sesenta mil (60.000) participaciones de un (1) euro de valor nominal cada una.

Los términos en los que se ha acordado el referido acuerdo de reducción y simultáneo aumento de capital social, utilizando como base el balance de la sociedad auditado y cerrado a fecha 31 de marzo de 2018, son los que se detallan a continuación:

I.-Reducción de capital social a cero para compensar pérdidas mediante la amortización de todas las participaciones de la Sociedad y restablecer el equilibrio patrimonial entre el capital social y patrimonio neto de la Sociedad, quedando anuladas la totalidad de las participaciones sociales hasta la fecha emitidas sobre la base del balance que se ha aprobado en esta Junta General Ordinaria y Extraordinaria de socios.

II.-Aumento de capital simultáneo a la reducción de capital anterior, tras revisar y aprobar el informe del Administrador único de la Sociedad de fecha 9 de julio de 2018, en un total de hasta sesenta mil euros (60.000 euros) mediante las siguientes aportaciones:

1.- La emisión de 30.000 nuevas participaciones de un valor nominal de 1 euro cada una de ellas, sin prima de emisión, que se suscribirán y desembolsarán íntegramente mediante la compensación de los siguientes créditos:

- Crédito de Diversificación y Desarrollo, S.L., por importe de 15.000 euros.

- Crédito de Montejita, S.L. por importe de 15.000 euros.

Estos créditos, totalmente líquidos, vencidos y exigibles y que concuerdan con la contabilidad social, se corresponden con créditos que les son adeudados en calidad de acreedores, y a tal efecto, se crearán 30.000 nuevas participaciones, nominativas, de un euro (1 euro) de valor nominal cada una de ellas, que serán suscritas por Diversificación y Desarrollo, S.L. de la 1 a la 15.000, ambas inclusive y por Montejita, S.L. de la 15.001 a la 30.000, ambas inclusive, quedando, como consecuencia de dicha compensación, cancelados los créditos por dichos importes.

2.- La emisión de un total de hasta 30.000 nuevas participaciones de un valor nominal de 1 euro cada una de ellas, sin prima de emisión, las número 30.001 a 60.000, ambas inclusive, en contraprestación de aportaciones dinerarias por importe de hasta 30.000 euros, autorizándose la suscripción parcial o incompleta.

Con todo ello, se propone una modificación de los artículos 5 y 6 de los Estatutos sociales que quedarán redactados tal y como se recoge en el informe del administrador.

Los titulares de participaciones a amortizar tendrán derecho de asunción preferente de las nuevas participaciones en proporción a la participación que actualmente ostentan en la Sociedad, el citado derecho de asunción preferente podrá ejercitarse durante el plazo de un mes desde la publicación en el BORME delos acuerdos de la Junta General de Socios celebrada el día 27 de julio de 2018.

El aumento de capital quedará reducido al importe de las participaciones efectivamente asumidas.Para el caso de concurrencia de varios socios interesados en asumir el resto de capital no suscrito, se prorratearía en proporción al capital ostentado por cada socio en la Sociedad antes de la operación acordeón planteada. En caso de no asumirse íntegramente el aumento de capital, en el plazo planteado, el Administrador Único podrá ofrecer la adquisición de las participaciones sociales pendientes de suscribir; a cualquier persona física o jurídica interesada. Finalizada la asunción, el Administrador Único de la Sociedad procederá a señalar la fecha en que este acuerdo adoptado en la junta deba llevarse a efecto en la cifra acordada y de fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en la Junta.

Se deja constancia de que el socio que no acuda al aumento de capital perderá tal condición.

El ejercicio del derecho de asunción preferente deberá acreditarse ante la propia Sociedad remitiendo a esta en su domicilio social justificante con el correspondiente certificado del ingreso total nominal de las participaciones a suscribir en la cuenta de La sociedad con IBAN ES51 0182 1600 2002 0172 0674, indicando como concepto del ingreso "Asunción ampliación de capital Grupo Bochas Innovaciones, S.L." indicando el nombre y dos apellidos, así como el documento nacional de identidad.

Cádiz, 2 de agosto de 2018.- El Administrador único, Elicio Marchante Tejera.

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