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Documento BORME-C-2018-7464

SURVITEC SERVICE & DISTRIBUTION, S.L.U.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
SURVITEC SAFETY SOLUTIONS SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 188, páginas 8699 a 8699 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-7464

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), aplicable de conformidad con las remisiones efectuadas por el artículo 73.1 del mismo texto legal, se hace público que, con fecha 24 de septiembre de 2018, el socio único de Survitec Service & Distribution, S.L.U., de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la LME (por remisión del artículo 73 del mismo texto legal) y el socio único de Survitec Safety Solutions Spain, S.L.U. aprobaron la segregación y transmisión en bloque de todos los elementos del activo y del pasivo que integran la unidad económica autónoma relacionada con los productos y elementos de seguridad marítima desarrollado por la Sociedad Segregada desde las plantas de Barcelona y Algeciras (el "Patrimonio Segregado"), propiedad de la Sociedad Segregada a favor de la Sociedad Beneficiaria, todo ello de conformidad con el correspondiente proyecto común de segregación formulado por sus respectivos órganos de administración con fecha 24 de septiembre de 2018. En virtud de la segregación proyectada, la Sociedad Beneficiaria adquirirá por sucesión universal la totalidad de elementos de activo y pasivo que conforman el Patrimonio Segregado. Con ocasión de la mencionada segregación, se procederá a aumentar el capital social de Survitec Safety Solutions Spain, S.L.U., el cual será íntegramente suscrito por Survitec Service & Distribution, S.L.U., entidad que no se extinguirá con ocasión de la segregación.

Además, se hace constar que dicha segregación se ha acogido al régimen previsto en el artículo 52.1 en conexión con el artículo 49.1 de la LME.

Finalmente, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades implicadas en la segregación de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades implicadas de oponerse a la segregación durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de segregación, en los términos del artículo 44 de la LME.

Barcelona, 24 de septiembre de 2018.- Survitec Service & Distribution, S.L.U., y Survitec Safety Solutions Spain, S.L.U., la primera sociedad, representada por su Secretaria no consejera, doña Mireia Beltrán Ferreres, y la segunda sociedad, representada por su Administrador solidario, don David Cáceres García.

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