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Documento BORME-C-2018-7792

PECRI INVERSIÓN, S.L. (SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROMOCIÓN EMPRESARIAL XX, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 199, páginas 9075 a 9075 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-7792

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (Ley 3/2009), se hace público que Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., en su condición de socio único de las sociedades «Pecri Inversión, S.L. (Sociedad Unipersonal)» y «Promoción Empresarial XX, S.A. (Sociedad Unipersonal)», adoptó el día 10 de octubre de 2018, sendos acuerdos de fusión por absorción de «Promoción Empresarial XX, S.A. (Sociedad Unipersonal)», como sociedad absorbida, por parte de «Pecri Inversión, S.L. (Sociedad Unipersonal)» como sociedad absorbente, transmitiendo en bloque todo el patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, previa disolución sin liquidación de la sociedad absorbida.

Todo lo anterior conforme al Proyecto común de Fusión de fecha 24 de septiembre de 2018, suscrito por la totalidad de los miembros de los órganos de administración de las sociedades participantes en la operación de fusión, y sobre la base de los Balances de Fusión de dichas sociedades, cerrados ambos a 31 de agosto de 2018, debidamente aprobados por las Juntas Generales de las respectivas sociedades.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a examinar los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la Ley 3/2009, junto con el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los Balances de Fusión, todo lo cual se encuentra a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan, teniendo los socios y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009 los acreedores de las sociedades participantes en las operaciones de fusión podrán oponerse a los acuerdos de fusión adoptados por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 10 de octubre de 2018.- Doña Marina Gracia García, Vicesecretaria no Consejera de Pecri Inversión, S.L. (Sociedad Unipersonal). Doña Ana García Romo, administradora solidaria de Promoción Empresarial XX, S.A. (Sociedad Unipersonal).

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