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Documento BORME-C-2024-53

FRIGORÍFICS FERRER, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FROZEN FOODS SOLUTIONS, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 4, páginas 63 a 63 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-53

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace público que el día 2 de enero de 2024, el socio único de Frigorífics Ferrer, S.A.U (Sociedad Absorbente), en ejercicio de sus competencias en Junta General Extraordinaria y Universal, ha adoptado la decisión de aprobar la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de su sociedad íntegramente participada Frozen Foods Solutions, S.L.U. (Sociedad Absorbida),

La decisión de fusión ha sido adoptada conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión con fecha 30 de noviembre de 2023.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 de la Ley; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) el informe del órgano de administración (si bien en este caso sí se realiza informe destinado a los trabajadores; (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida

Habiéndose adoptado la decisión de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbente, ejerciendo las facultades de la Junta General, resulta que la fusión se acordó en Junta universal y por unanimidad, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y del Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la Ley.

Vic, 2 de enero de 2024.- En calidad de Administrador Único de Frozen Foods Solutions, S.L.U. (Sociedad Absorbida) y de Representante art. 143 Reglamento del Registro Mercantil de Grup Ferrer Solà, SL, sociedad que es Administrador Único de Frigorífics Ferrer, SAU (Sociedad Absorbente), Sr. Julià Ferrer Solà.

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